SVS deberá entregar información sobre ingresos anuales de consultora Ernst & Young

La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) deberá entregar información referida a los ingresos anuales que percibió la empresa Ernst & Young durante el año 2012 y que fue proporcionada por dicha consultora al organismo fiscalizador.

Esto luego de que la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazara el recurso interpuesto por Ernst & Young en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia que ordenó la entrega de dichos antecedentes, excluyendo la identificación de los clientes de la empresa y los resultados de su gestión en términos de detalle de sus utilidades y/o pérdidas.

El caso se originó en mayo de 2013 cuando un ciudadano solicitó a la SVS los antecedentes sobre la información de ingresos y hechos relevantes ocurridos en 2012 que fue entregada a dicho organismo por parte de las empresas auditoras PricewaterhouseCoopers, Deloitte, Ernst & Young y KMPG, “conforme a la norma de Carácter General N°275, capítulo V, letra B”.

La SVS procedió a comunicar a dichas firmas sobre esta solicitud y la consultora Ernst & Young ejerció su derecho a oponerse a la entrega de los antecedentes.

Ante esto, el solicitante recurrió de amparo al Consejo para la Transparencia que, tras analizar los antecedentes, concluyó en decisión unánime de sus consejeros que “si bien lo pedido constituye información que pertenece a un particular (Ernst & Young), ésta no obra en poder de la Administración del Estado en forma circunstancial, sino que se encuentra en relación clara con el ejercicio de las facultades que posee la SVS como autoridad de control en la materia (…) Por lo tanto, debe presumirse pública”.

La consultora interpuso un reclamo de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia, el que fue finalmente rechazado por la 6° Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago. En su fallo, el tribunal desestimó la concurrencia de la causal de reserva prevista en el Art. 21 Nº 2 de la Ley de Transparencia argumentada por Ernst & Young, puesto que la orden de entregar la información solo se refiere al monto global de los ingresos de la empresa, sin desagregar la cifra, quedando resguardada la estructura de negocios y la información de sus clientes.