Consejo para la Transparencia incorpora Ley de Participación Ciudadana

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Con el objetivo de promover instancias de colaboración con la ciudadanía, el Consejo para la Transparencia (CPLT), incorporó en su ordenamiento la Ley de Participación Ciudadana.

La norma busca fortalecer a las organizaciones de la sociedad civil promoviendo una cultura de responsabilidad compartida, es decir un compromiso mutuo entre el CPLT y la ciudadanía en cuanto a perfeccionar en conjunto las políticas, decisiones y gestión de esta corporación. Dicha iniciativa se implementará a través de diferentes mecanismos y herramientas  que pretende involucrar a los ciudadanos a través de los Consejo en línea; el Comité Ciudadano por la Transparencia; Foros; Consultas Públicas y Cuenta Pública Participativa, entre otros.

El CPLT incorporó la Ley Participación Ciudadana, ya que sus orientaciones van en la misma línea de valores que las definiciones estratégicas del Consejo, el cual “promueve la consolidación de un modelo de gestión gubernamental que, inspirado en el Principio de Transparencia y el Derecho de Acceso a la Información Pública, profundiza la democracia y fomenta la confianza en la función pública sobre la base de la participación y el control ciudadano”.

 

Ley de Participación Ciudadana

Se extiende plazo para postular a concurso de arte

Hasta la noche del jueves 28 de Febrero se extendió el plazo para que artistas nacionales postulen con sus obras al concurso “TransparentARTE, arte chileno para una cultura de transparencia”, organizado por el Consejo para la Transparencia (CPLT) con el apoyo de Fundación AVA y su productora, prestigiada por la realización de la Feria de Arte Contemporáneo Ch.ACO.

La fecha de postulación se amplió debido a la alta convocatoria que ha tenido el concurso. Los artistas que aún deseen portular deben tener al menos cuatro años de experiencia, una publicación o exposición realizada, ser chilenos residentes y las obras postulantes deben estar ya producidas.

Premios

El concurso reconocerá a los tres primeros lugares con montos de $1.200.000, $1.000.000 y $800.000 respectivamente, como premio de adquisición. Además, el primer lugar será galardonado con la asistencia a la IX Bienal de Arte del Mercosur 2013 en la ciudad de Porto Alegre, Brasil, junto a una agenda de relacionamiento con destacadas personalidades del mundo de la cultura que serán convocadas en esa ocasión.

Asimismo, la obra ganadora, se presentará en el IV Seminario Internacional de Transparencia, en abril y que convoca cada año en Chile a los representantes del quehacer en probidad y transparencia de gran parte del mundo.

El jurado de TransparentARTE está compuesto por Alejandro Ferreiro, presidente del Consejo para la Transparencia; Raúl Ferrada, director General del Consejo para la Transparencia; Nicolás Cobo, Presidente Fundación AVA; Francisco Brugnoli, Director del MAC y Ramón Castillo, Director de la Escuela de Arte de la Universidad Diego Portales.

Los resultados del concurso serán informados la última semana de marzo a través de www.consejotransparencia.cl


REVISA LAS BASES DEL CONCURSO

Corte rechaza secreto profesional del CDE al no existir gestión judicial o defensa

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 Un reciente fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó que el secreto profesional de los abogados del Consejo de Defensa del Estado (CDE) no se trata de una causal de reserva que se aplique a todo evento sobre la información que posee el organismo.

La sentencia resuelve el Reclamo de Ilegalidad Rol N° 5021-2012, interpuesto por el CDE en contra de la Decisión del CPLT C216-12, que acogió un Amparo en contra de dicha institución por negarse a entregar un oficio en que se requería a un establecimiento educacional que cancelara una multa impuesta por la SEREMI de Educación de Los Lagos, establecimiento que al recibir el oficio manifestó que la multa ya estaba pagada.

El CDE invocaba que dicho documento estaba cubierto por el secreto profesional. La Corte desestimó reconocer que en este caso opere el secreto profesional, por cuanto no existió gestión judicial alguna, no existió defensa, el trámite se agotó en su inicio, no divisándose cuál sería el bien jurídico protegido ni el daño que se pretendía evitar.

El fallo señala que entre aquellos daños no podrían estar los datos personales del establecimiento educacional, pues se trata de una persona jurídica sobre la que no aplica la protección de la Ley  19.628, como tampoco el CDE podría “erigirse en vocero de un tercero, cuya opinión no consultó” en el caso que estimara la posibilidad de la oposición del tercero involucrado, en los términos establecidos por la Ley de Transparencia, al no seguir el procedimiento que la norma dicta para ello.

Se extiende plazo de postulación para TransparentARTE

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El Consejo para la Transparencia (CPLT) lanzó “TransparentARTE, arte chileno para una cultura de transparencia”, concurso que invita a participar a artistas nacionales cuyas obras representen los valores de la transparencia.

La iniciativa, realizada con apoyo de la Fundación AVA y su productora, prestigiada por la realización de la Feria de Arte Contemporáneo Ch.ACO, extendió sus postulaciones hasta el 28 de febrero de 2013, debido a la alta demanda por participar.

Entre los requisitos de las bases del concurso, destaca que los artistas deben tener al menos cuatro años de experiencia, una publicación o exposición realizada, ser chilenos residentes y las obras postulantes deben estar ya producidas (más información en www.consejotransparencia.cl)

TransparentArte surge por la inquietud de promover el valor de la transparencia a través de todos los lenguajes para generar el cambio cultural, en cuyo marco el arte tiene un rol fundamental. El desarrollo de TransparentARTE estará a cargo del Comisario Camilo Yáñez, quien ha sido coordinador de artes visuales del Centro Cultural Matucana 100, profesor de arte en la Universidad Diego Portales y ha realizado curatorías en Chile y en Buenos Aires. Yáñez destacó que esta iniciativa “logra reunir ámbitos lejanos hasta ahora. Así como el arte puede ayudar a la construcción de una sociedad más transparente, es una oportunidad para que el mundo del arte incorpore la transparencia como valor en su quehacer”.

El jurado de TransparentArte está compuesto por Alejandro Ferreiro, presidente del Consejo para la Transparencia; Raúl Ferrada, director General del Consejo para la Transparencia; Nicolás Cobo, Presidente Fundación AVA; Francisco Brugnoli, Director del MAC y Ramón Castillo, Director de la Escuela de Arte de la Universidad Diego Portales.

El concurso reconocerá a los tres primeros lugares con montos de $1.200.000, $1.000.000 y $800.000 respectivamente, como premio de adquisición. Además, el primer lugar de TransparentARTE, será galardonado con la asistencia a la IX Bienal de Arte del Mercosur, a realizarse este 2013 en la ciudad de Porto Alegre, Brasil, junto a una agenda de relacionamiento con destacadas personalidades del mundo de la cultura que serán convocadas en esa ocasión.

Asimismo, la imagen de la obra que obtenga el primer lugar, se incorporará para representar al IV Seminario Internacional de Transparencia, que se realizará el mes de abril y que convoca cada año en Chile a los representantes del quehacer en probidad y transparencia de gran parte del mundo.

Los resultados del concurso serán informados la última semana de marzo a través de www.consejotransparencia.cl

Un patrimonio que se debe resguardar

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Pincha para ver la animación creada por la Agencia Española de Protección de Datos Personales

 

Por séptimo año se celebra hoy el Día de la Protección de Datos Personales, que conmemora la firma del Convenio 108 del Consejo de Europa para la Protección de las Personas, con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal.

En Chile, esta conmemoración se celebra a pocos días que la Comisión de Economía aprobara en general el proyecto que reforma la Ley 19.628 que regula la materia, con modificaciones que han generado una nutrida discusión entre especialistas.

 

No obstante, poca relevancia ha logrado la protección de los datos personales en la opinión pública, evidenciando la falta de conciencia ciudadana que existe sobre la materia. Sin embargo, los puntos de interés que ofrece son diversos, muestra de lo cual han sido una serie de resoluciones del Consejo para la Transparencia que ha debido ponderar entre el derecho de acceso a la información pública y el resguardo de los datos de las personas y su vida privada.

 

Jurisprudencia del CPLT en protección de datos personales

  • Datos de salud: se solicitó acceso a los datos de las personas contagiadas con gripe AH1N1 (caso A211-09), lo que fue rechazado por tratarse de datos sensibles y se ordenó la reserva de la información.

 

  • Fichas clínicas de personas fallecidas: el CPLT estableció que una persona fallecida no es titular de datos personales al no tratarse de una persona natural, su honra, sin embargo, se proyecta como un derecho propio de los familiares (C398-10, C322-10, C556-10).

 

  • Afiliación sindical (C492-11, C904-12): ante la solicitud de la nómina con los nombres completos de los trabajadores de la empresa reclamante que participaron en la elección de delegados sindicales, se denegó el acceso ya que la afiliación sindical de una persona natural constituye un dato personal cuya divulgación afectaría el derecho a la vida privada de las personas que concurrieron a la elección de los delegados sindicales respectivos.

 

  • Afiliación política: frente a la solicitud del nombre de los integrantes de un Comité Evaluador de Fondos Concursables, sus títulos profesionales, su lugar de desempeño y su afiliación política, el Consejo denegó la entrega de la información relativa a la afiliación política por tratarse de un dato sensible (A152-09).

 

  • Datos personales de los beneficiarios del Estado: (C214-11) en lo que respecta a la nómina de los beneficiarios de las viviendas sociales entregadas por un municipio, el nombre de dichas personas constituye información pública. En relación con la dirección de los beneficiarios, si bien el domicilio particular constituye un dato personal, constituye un antecedente esencial para permitir un adecuado control social, por lo que, en este caso y excepcionalmente, debe ser dado a conocer. En lo relativo al RUT de los beneficiarios, el Consejo estimó que su publicidad permitiría la cabal individualización de tales beneficiarios, favoreciendo y propiciando, de ese modo, un control social íntegro con respecto a las personas que han sido favorecidas con un beneficio estatal.

 

  • (C333-10 beneficiarios de becas Valech) Respecto a la solicitud de información relativa a la nómina y domicilios de los beneficiarios de la Beca Valech, el Consejo señaló que la información de nombres y RUT de los beneficiarios se encuentra en diversos lugares de acceso público, a la vez que el hecho de recibir un beneficio del Estado hace que se reduzca el ámbito de la privacidad de las personas que gozan de éstos, para permitirse un adecuado control social. No ocurre lo mismo con los domicilios, los que no se han obtenido de fuente de acceso público.

 

  • (C906-10 uniformes para niños de escasos recursos) El Consejo negó el acceso al listado de beneficiarios de uniformes escolares al estimar que la entrega de la información expondría a los menores al conocimiento público respecto de situaciones relativas a su esfera de privacidad, lo que representa un daño presente, probable y específico a la protección de su vida privada.

Expertos debaten sobre proyecto ley de protección de datos

El encuentro convocó a representantes del mundo empresarial, académico, legislativo y del gobierno, lo que permitió conocer la opinión de cada actor respecto al proyecto de ley sobre protección de datos que se encuentra en discusión en la comisión de Economía de la Cámara de Diputados.

La jornada comenzó con el primer panel “La Protección de Datos en la Sociedad de la Información y el Conocimiento: hacia un balance entre protección, seguridad e información”, motivado con la ponencia de Pedro Less, Director de Políticas Públicas y Asuntos Gubernamentales para América Latina de Habla Hispana de Google, quien explicó cómo su empresa ha abarcado cada desafío que representa la protección de los datos de las personas, pero permitiendo la innovación en los servicios, de modo de satisfacer las expectativas de los usuarios.

Esta exposición fue comentada por los académicos Sebastián Zárate, profesor de Derecho Constitucional de la PUC y Mónica Arenas, profesora de Derecho Constitucional, Universidad Alcalá. El panel fue moderado por Alejandro Ferreiro, Presidente Consejo para la Transparencia, entre cuyas conclusiones indicó que “si bien hoy existe muy poca conciencia del derecho, pero es alta la expectativa de protección. Discutíamos sobre consentimiento expreso o tácito, quizás debiéramos esperar uno inequívoco y expedito, aún cuando es difícil hablar sobre consentimiento cuando prima la ignorancia”.

También comentó que, respecto a la discusión sobre la institucionalidad que soporte el resguardo de la protección de los datos personales, “se ha dicho que, idealmente, debiera ser una institución única (…). Dado el vértigo del cambio de las TICs, donde las amenazas cambian día a día, una institución flexible, colegiada, puede quizás seguir de mejor manera el ritmo del contexto. Las leyes pueden dar un marco general, pero un organismo administrativo  puede permitir de mejor manera adecuarse a este marco a través de instrucciones, recomendaciones y otros instrumentos. Entonces, esta institución debiera incorporar en su gobierno corporativo la flexibilidad necesaria para ello”.

Luego se desarrolló un segundo panel titulado “Protección de Datos: el modelo español y la situación en Chile”, que comenzó con la intervención del experto Jesús Rubí, Adjunto al Director de la Agencia Española de Protección de Datos, quien expuso sobre “La experiencia española en protección de datos personales: aprendizajes y nuevos desafíos”.

La ponencia de Rubí fue comentada por el senador Hernán Larraín, el diputado Felipe Harboe y Carlos Saiz Peña, vicepresidente de la Asociación Española para el Fomento de la Seguridad de la Información, cuya conversación fue dirigida por Jorge Jaraquemada, consejero del CPLT, quien finalizó el panel señalando que “más allá de la institución que se encargue de la protección de datos, me parece que el desafío es revestir a esta institución de las capacidades no sólo regulatorias, sino también para generar una cultura acorde y asegurar un espacio a las personas para ejercer la autodeterminación informativa. (…) Respecto al flujo transfronterizo de los datos, el punto crítico es resolver cómo conciliar la apertura comercial con la necesaria protección de los datos de las personas. Esto tiene una implicancia vital en la construcción de confianza en las instituciones que tratan esos datos”.

La jornada matutina fue clausurada por Tomás Flores, Subsecretario de Economía, quien valoró la instancia en el sentido de aportar valor a la discusión del proyecto de ley al respecto.

Por la tarde se desarrolló una mesa técnica que comenzó con la breve exposición de los expertos invitados: Raúl Arrieta, abogado; Francisco Cruz, abogado del Instituto Derecho y Tecnología; Lorena Donoso, abogada, Académica Universidad de Chile; Claudio Magliona, Director Magíster en Derecho y Nuevas Tecnologías, Universidad de Chile; Andrea Ruiz, Directora Jurídica (s), Consejo para la Transparencia y Moisés Sánchez, presidente Fundación ProAcceso. La discusión fue retroalimentada por los expositores del seminario y los asistentes, entre los que figuraban abogados de empresas, académicos, asesores jurídicos y parlamentarios.

“Los Archivos en el Acceso a la Información Pública: El Gran Desafío”

En el marco del “Proyecto Gestión de Archivos y Buenas Prácticas Archivísticas”, financiado por el Banco Mundial y realizado en estrecha colaboración con el Archivo Nacional y la Comisión de Probidad y Transparencia del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, dejamos a disposición los documentos que son el primer paso para generar cambios en la gestión de los archivos públicos.

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Listado de documentos

Promisorio inicio de 2013

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Partimos el 2013 cargados de actividad. A comienzos de enero asistimos a la cita del Open Government Partnership (OGP); luego, lanzamos la primera versión de TransparentARTE; la semana pasada desarrollamos un seminario para discutir sobre protección de datos personales y, entre tanto, avanzaron a la próxima etapa legislativa los proyectos que modifican la Ley de Transparencia y la Ley de Protección de Datos Personales.

En el encuentro del OGP se difundió una temática de gran convocatoria a nivel internacional con la participación de numerosos países. En el desarrollo de este encuentro, organizamos con los miembros de la Red de Transparencia y Acceso a la Información, RTA, un panel de análisis en torno al rol de los órganos garantes en la iniciativa OGP, en el que se reconoció en esta agenda una oportunidad para dinamizar iniciativas en el ámbito del Acceso a la Información Pública.

TransparenARTE, arte chileno para una cultura de la transparencia” es una convocatoria amplia y nacional a artistas contemporáneos para que nos ayuden a transmitir el sentido y alcance del principio de Transparencia. Esta iniciativa se enmarca en nuestros esfuerzos por tangibilizar el derecho de acceso a la información pública y el valor de la transparencia a través del lenguaje artístico.

La consolidación de una política de acceso a la información debe establecer con claridad los límites entre transparencia y los derechos de las personas a su vida privada y a la protección de sus datos personales. Por ello, propiciamos un activo debate con expertos nacionales y españoles, en la antesala de la votación de la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del proyecto que modifica la Ley N°19.628.

También en el ámbito legislativo, hubo avances en el trámite que modifica la Ley de Transparencia, con la incorporación de una serie de criterios que definen las condiciones para que los correos de los funcionarios del Estado sean públicos.

Todo lo anterior, son indicadores de que están sucediendo muchas cosas en el ámbito de la transparencia, pero también señales que los actores involucrados siguen empeñados en profundizar o implementar cambios para satisfacer de manera adecuada las demandas y necesidades ciudadanas de mayor acceso a la información del Estado y participación en su quehacer.

Corte Suprema ordena a SBIF revelar estadística sobre fiscalizaciones realizadas a bancos

Con fecha 17 de enero de 2013 la Corte Suprema dictó sentencia en el Recurso de Queja Rol N° 6663-2012 interpuesto por el Consejo para la Transparencia (CPLT) en contra de los Ministros de la 6° Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que acogieron un Reclamo de Ilegalidad de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), reconociendo que el Art.  7° de su Ley Orgánica Constitucional (LOC) tendría rango de quórum calificado, estableciendo el secreto o reserva de la información estadística sobre auditorías y fiscalizaciones que parcialmente el Consejo había dispuesto que se entregara.

El 10 de septiembre de 2011 se solicitó a SBIF conocer una serie de antecedentes relativos a las fiscalizaciones que había hecho la Superintendencia a los bancos chilenos y la cantidad de observaciones efectuadas en cada una de ellas.

El órgano reclamado negó la entrega la información argumentado que en la especie concurría la causal de secreto o reserva prevista en el artículo 21 Nº 5 de la Ley de Transparencia –conforme a la cual se puede denegar total o parcialmente el acceso a la información cuando una ley de quórum calificado así lo establezca, precisando que en este caso la ley de quórum calificado que declara la reserva o secreto de la información solicitada sería el Art. 7° de la Ley General de Bancos (LGB).

Deducido Amparo en contra de la respuesta negativa de la SBIF, el CPLT lo acogió, ordenando que el ente sólo entregue una serie de información estadística sobre las auditorías y fiscalizaciones a las entidades financieras, sin acceder a que se revelara el contenido de éstas. En contra de la Decisión del CPLT la SBIF interpuso Reclamo de Ilegalidad, el cual fue acogido por la Corte de Apelaciones de Santiago, habiendo recurrido de queja el CPLT.

La Corte Suprema acogió el Recurso de Queja del CPLT, estableciendo que el Art. 7° de la Ley General de Bancos, que la SBIF invoca para negar la información solicitada, no constituye una ley de quórum calificado en los términos exigidos por el Art. 8° de la Constitución Política, conformando tan sólo una “ley simple” que únicamente establece un “deber funcionario” que no alcanza a la institución, por lo que la Superintendencia debía entregar la información pública que el CPLT había dispuesto se revelara.

El máximo Tribunal manifestó que el derecho a conocer los hechos de relevancia pública que ocurren en el medio social y su veracidad, facilita el control ciudadano como titular del poder soberano y por lo tanto sujeto activo y participativo de la sociedad política de equivalente relevancia y estrecha relación con otros derechos como el de la educación. A su juicio, el acceso a la información de los órganos del Estado es un bien público de trascendencia para el control ciudadano de los asuntos de interés general debiendo los gobiernos garantizar efectivamente la libre circulación de la información, lo que promueve a su vez el desarrollo social.

De la misma manera la Corte señaló que los principios y derechos a la probidad, publicidad y transparencia y la obligación de dar respuesta de los órganos del Estado a los requerimientos ciudadanos, se relacionan asimismo con el principio de “servicialidad” referido, a modo de marco, en el artículo 1º inciso 4º de la Constitución Política de la República, en cuanto enfatiza  la obligación del Estado de estar “al servicio de la persona humana”.

Por último, la Corte Suprema indicó en el fallo que el ciudadano es titular del poder a cuyo servicio debe someterse la Superintendencia de Bancos, a lo que cabe agregar la asimetría de información que existe entre el Estado y la ciudadanía; tiene el derecho a conocer la eficiencia y eficacia con que dicho órgano público cumple sus funciones, en términos que la democracia representativa se convierta en democracia participativa.


CNCA deberá entregar mensajes a titular de cuenta de correo electrónico

La Corte de Apelaciones de Valparaíso con fecha 16 de enero de 2013 dictó sentencia en el Reclamo de Ilegalidad Rol N° 2055-2012, deducido por el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (CNCA) en contra de la Decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT) que acogió el Amparo C873-12, mediante la cual se dispuso la entrega de copias de correos electrónicos institucionales enviados y recibidos desde la casilla asignada por el órgano a la propia solicitante (ex funcionaria del CNCA).

El pasado 19 de abril de 2012, una ex funcionaria del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (CNCA) solicitó al organismo copia de los correos electrónicos recibidos al email institucional, durante el periodo en el cual se desempeñó como encargada de Planificación y Control Estratégica en el Consejo de la Cultura y las Artes de la Región de Atacama. Tras no recibir respuesta dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del órgano, ya que no habría recibido respuesta dentro del plazo legal establecido para ello, el cual fue acogido por el CPLT.

El CNCA denegó la solicitud de acceso por cuanto consideró que lo solicitado versaba sobre comunicaciones privadas que pertenecen al ámbito de intimidad de las personas, sin que pueda catalogarse de información pública, cuya revelación podría afectar las garantías constitucionales establecidas en el Art. 19 N° 4 y N° 5 de la Constitución Política.

Entre las principales consideraciones de la Corte de Valparaíso para desestimar el reclamo de ilegalidad se encuentran:

1.     Que primeramente debía considerarse que la requirente solicitada sus propios correos electrónicos.

2.     Que la información solicitada es de naturaleza pública y no privada, no siendo impedimento para su entrega que ésta se contenga en correos electrónicos, por cuanto la ley es clara y se refiere a información contenida en cualquier soporte.

3.     Que la información solicitada ha sido elaborada con presupuesto público y se ha emitido en ejercicio de una función pública, mediante aparatos computacionales de un órgano del Estado, de modo que no tiene un carácter privado y tampoco se están afectando las garantías constitucionales de los números 4 y 5 de la Carta Fundamental relativas al respeto a la vida privada y a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas.

4.    No puede sostenerse que cualquier correo electrónico por el hecho de ser tal, tenga  naturaleza de carácter privado, como lo entiende el órgano reclamante, pues ello dependerá del contenido de la  comunicación, de su origen y su generación.

Cámara de Diputados aprueba proyecto que modifica la Ley de Transparencia

Con 99 votos a favor se aprobó ayer el proyecto que modifica la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado.

La iniciativa detalla que en materia de obligaciones de archivos, introduce mecanismos en la protección de datos personales, a su vez fortalece el rol del Consejo para la Transparencia, obliga al Consejo a hacer cuentas públicas y regula el acceso a los correos electrónicos cuando se den ciertos requisitos copulativos establecidos en la Ley.

En cuanto a acceder a la información sobre los correos electrónicos, el proyecto otorga acceso a aquellos que, en el ejercicio de sus funciones las autoridades, funcionarios y servidores públicos hayan enviado o recibido a través de sus casillas electrónicas institucionales, siempre que se trate de actos y resoluciones de los órganos de Administración del Estado, y siempre que se constate que existe interés público en su divulgación.

Asimismo, se establece que las solicitudes de acceso sobre correos deben identificar de manera precisa su materia y los demás datos necesarios para identificar los correos requeridos, en caso contrario, se debe requerir la subsanación de la solicitud, de acuerdo a las normas generales, entre otras.

Por último, el texto modifica plazos respecto de la solicitud y la entrega de la información, buscando conciliar el interés público con la privacidad de las personas y respecto al proceso de apelación ante el Consejo para la Transparencia.

El origen de esta propuesta legal  fue una moción de los diputados Andrea Molina, (UDI), Jorge Burgos (DC), Alberto Cardemil (RN), Marcelo Díaz (PS), Edmundo Eluchans (UDI) y Felipe Harboe (PPD).


Proyecto de ley

Lanzan concurso de arte para fomentar la transparencia

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Artistas nacionales cuyas obras representen los valores de la transparencia, son los convocados a “TransparentARTE, arte chileno para una cultura de transparencia”, que hoy fue lanzado por el Consejo para la Transparencia.

 

La iniciativa, que se lleva a cabo con el apoyo de la Fundación AVA y su productora, prestigiada por la realización de la Feria de Arte Contemporáneo Ch.ACO, abre sus postulaciones este 16 de enero y estarán disponibles hasta el 24 de febrero de 2013. Entre los requisitos de las bases del concurso, destaca que los artistas deben tener al menos cuatro años de experiencia, una publicación o exposición realizada, ser chilenos residentes y las obras postulantes deben estar ya producidas (más información en www.consejotransparencia.cl)

TransparentArte surge por la inquietud de promover el valor de la transparencia a través de todos los lenguajes para generar el cambio cultural, en cuyo marco el arte tiene un rol fundamental. El desarrollo de TransparentARTE estará a cargo del Comisario Camilo Yáñez, quien ha sido coordinador de artes visuales del Centro Cultural Matucana 100, profesor de arte en la  Universidad Diego Portales y ha realizado curatorías en Chile y en Buenos Aires. Yáñez destacó que esta iniciativa “logra reunir ámbitos lejanos hasta ahora. Así como el arte puede ayudar a la construcción de una sociedad más transparente, es una oportunidad para que el mundo del arte incorpore la transparencia como valor en su quehacer”.

El jurado de TransparentArte está compuesto por Alejandro Ferreiro, presidente del Consejo para la Transparencia; Raúl Ferrada, director General del Consejo para la Transparencia; Nicolás Cobo, Presidente Fundación AVA; Francisco Brugnoli, Director del MAC y Ramón Castillo, Director de la Escuela de Arte de la Universidad Diego Portales.

Ferreiro, presidente del jurado, indicó que “queremos que en nuestro país el valor de la transparencia se incorpore en la cultura. Para eso el arte es una herramienta que permitirá develar  los significados que este concepto tiene entre nosotros”.

El concurso reconocerá a los tres primeros lugares con montos de $1.200.000, $1.000.000 y $800.000 respectivamente, como premio de adquisición. Además, el primer lugar de TransparentARTE, será galardonado con la asistencia a la IX Bienal de Arte del Mercosur, a realizarse este 2013 en la ciudad de Porto Alegre, Brasil, junto a una agenda de relacionamiento con destacadas personalidades del mundo de la cultura que serán convocadas en esa ocasión.

Asimismo, la imagen de la obra que obtenga el primer lugar, se incorporará para representar al IV Seminario Internacional de Transparencia, que se realizará el mes de abril y que convoca cada año en Chile a los representantes del quehacer en probidad y transparencia de gran parte del mundo.

Para Irene Abujatum, a cargo de la producción del concurso, “TransparentARTE es una oportunidad para los artistas nacionales de mostrar su aporte a la cultura en una perspectiva diferente, las obras ganadoras tendrán exhibición permanente en el Consejo, lo que es muy relevante porque vincula a los artistas a un espacio en el que no suelen estar presentes”.

 

Ingresa al siguiente banner para realizar tu inscripción a partir del miércoles 16 de enero.

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Los resultados del concurso serán informados la última semana de marzo a través de www.consejotransparencia.cl