Chile mantiene puntaje en ranking internacional de transparencia

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El capítulo chileno de Transparencia Internacional, Chile Transparente, entregó hoy a nivel mundial los resultados del Indice de Percepción de la Corrupción 2011, un ranking que se elabora desde 1995 y que este año evaluó a 183 países. La medición se hace conforme a los niveles de corrupción que son percibidos en autoridades políticas por analistas y empresarios del país y extranjeros. (ver presentación)

Chile, al igual que en 2010, obtuvo una nota de 7,2 de una escala de cero a diez (cero es el nivel máximo de corrupción), ubicándose en el lugar 22. Esto es uno más abajo que el año pasado porque subió Bahamas hasta la posición 16.

Aunque Chile no alcanza a ubicarse en el prestigioso listado de los top20, lidera a nivel de Latinoamérica, siendo seguido por Uruguay en la posición 25. Los primeros lugares correspondieron a Nueva Zelanda, Dinamarca, Finlandia y Suecia respectivamente.

Juan Carlos Délano, presidente de ChileTransparente, destacó que las naciones mejor ubicadas en este índice comparten un alto nivel de desarrollo, competividad global y bajo riesgo país. “Todo esto permite concluir que transparencia se traduce en un mejor nivel de vida para los ciudadanos”. Por lo mismo, aunque destacó la buena ubicación de Chile advirtió que no es positivo que se encuentre “estancado”, porque demuestra que no se ha avanzado en la agenda legislativa, donde hoy hay numerosos proyectos en trámite. Entre ellos, resaltó como los más fundamentales el relacionado con las declaraciones de patrimonio e intereses de las autoridades, la reforma a los partidos políticos y el sistema electora y la ley del lobby.

A la presentación de los resultados 2011, asistió el presidente del Consejo Directivo del CPLT, Alejandro Ferreiro, y el consejero José Luis Santa María.

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Imagen de la presentación del Indice en Chile.

Masiva asistencia a Jornada de Capacitación en Ley de Transparencia

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Mas de 300 funcionarios públicos asistieron a la Tercera Jornada de Actualización en Transparencia desarrollada por el Consejo para la Transparencia en el Centro de Extensión de la Universidad Católica.

La actividad se centró en dar a conocer los contenidos de la Instrucción General N° 10 sobre derecho de acceso a la información que el CPLT emitirá en los próximos días, analizar la Recomendación sobre Protección de Datos dictada en septiembre pasado y avanzar en una mejor comprensión del modelo de fiscalización en transparencia activa que el Consejo aplica a todos los organismos bajo supervisión de la entidad.

La jornada fue inaugurada por el presidente del Consejo, Alejandro Ferreiro, quien destacó el rol que tienen los funcionarios designados como enlaces de transparencia de su organismo, a los cuales les corresponde ser el principal canal de comunicación de su entidad con el CPLT. Señaló que una función muy importante de estos enlaces es transmitir las inquietudes y dificultades que tienen los servicios para cumplir con las exigencias de la Ley, de manera de ir conociendo las realidades del proceso de implementación.

Por otro lado, enumeró los principales desafíos que se avecinan en el proceso de avanzar en la instalación de una cultura de la transparencia en el país, otorgándole un rol primordial a un correcto manejo de archivos públicos y lograr la indexación de toda la información en poder del Estado, de manera que las personas sepan qué es lo que está a su disposición y que es lo que realmente pueden solicitar.

El programa continuó con una reseña sobre la Instrucción General de Derecho de Acceso a la Información a cargo del director jurídico del Consejo, Enrique Rajevic, y la abogada de la Unidad de Normativa, Paula Recabarren; posteriormente el abogado Juan Ignacio Alarcón explicó la Recomendación sobre Protección de Datos.

En el segundo bloque de la mañana, se hizo un análisis de la resolución de casos y las causales de secreto o reserva con sus criterios centrales, dirigida por el jefe de la Unidad de Reclamos, Andrés Herrera, y los abogados de dicha unidad, Andrés Pavón y Ariel Gómez.

El cierre estuvo en manos de la directora de Fiscalización, Alejandra Sepúlveda, quien profundizó en la experiencia en los procesos de fiscalización en transparencia activa realizados a los organismos públicos y los desafíos futuros en esta materia así como en las futuras evaluaciones a los procesos de respuesta a las solicitudes de acceso a información que hacen las personas.

Se lanza sitio web para Comisionados de Información a nivel mundial

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Tras la Conferencia Internacional de Comisionados de Información realizada en Ottawa, Canadá en octubre donde participó el presidente del Consejo para la Transparencia, Alejandro Ferreiro, se acordó crear un sitio web en común para todos los miembros de la Comisión y otros organismos similares a nivel mundial.

Este mes se lanzó Information Commissioners Worldwide (IC) que tiene como objetivo ser una plataforma de comunicaciones para todos los Comisionados de la Información en todo el mundo, que tendrá alojado contenido útil e informativo, además de un mapa en el cual se puede navegar a través de los continentes para encontrar a los Comisionados y enlaces con sus respectivos link a su web. También, hay secciones sobre la legislación, leyes y jurisprudencia e informes anuales, entre otros.

Actualmente el soporte técnico es proporcionado por el Comisionado de Información de la República de Eslovenia. Se espera que cada integrante participe y nutra de información relevante esta web, ya que próximamente los miembros tendrán acceso a través de una clave para publicar artículos en la página siendo cada autor responsable de la información.

El Consejo para la Transparencia se sumará a esta iniciativa, entregando información sobre la Ley de Transparencia en Chile y su implementación además de la jurisprudencia del Consejo y las publicaciones que ha realizado.

Respuesta del CPLT a declaración de las universidades estatales

a) La presentación de los resultados de las fiscalizaciones realizadas por el Consejo respecto del cumplimiento de las obligaciones legales de transparencia activa por parte de los sujetos obligados es una práctica sistemática y permanente, ya que, de acuerdo al artículo 33 letra i) de la Ley de Transparencia, este Consejo debe “Efectuar estadísticas y reportes sobre transparencia y acceso a la información de los órganos de la Administración del Estado y sobre el cumplimiento de esta ley”. En este sentido, anteriormente ya se han difundido los resultados obtenidos por los organismos de la administración del estado, 93,84%; hospitales autogestionados 77, 76%; y un estudio municipal que arrojó un nivel de cumplimiento de un 30%.

b) En la evaluación de transparencia activa de las universidades públicas efectuada por este Consejo se verificó el cumplimiento de las obligaciones contempladas en el artículo 6 y 7° y siguientes del Título III de la Ley de Transparencia, que establecen que las universidades estatales, entre otros servicios públicos, deben mantener a disposición permanente de la comunidad, a través de sus sitios electrónicos, los antecedentes actualizados que en esas normas se enumeran.

c) Los resultados de esta evaluación derivan de la aplicación de una metodología conocida de antemano por todos los servicios fiscalizados por este Consejo, incluidas las universidades, que se contiene, por una parte, en las instrucciones generales N°s 4, 7, 8 y 9, de 19 de enero, 18 de mayo, 10 de agosto, respectivamente, todos del año 2010 y, por otra, en el Sistema de Autoevaluación en Transparencia Activa que se encuentra disponible en el sitio electrónico de este Consejo desde el mes de agosto de 2010 (http://extranet.consejotransparencia.cl), y que le permite a los funcionarios acreditados como enlaces por las universidades aplicar la misma metodología de evaluación que derivó en los resultados comentados.

d) Esta metodología es la misma que se aplica a los restantes órganos estatales y es perfectamente aplicable a las universidades y considera la evaluación de 15 materias que, a su vez, comprenden 252 aspectos y la revisión de 38 buenas prácticas.

e) Según la normativa, en caso que un organismo no le sea exigible alguna materia debe señalar expresamente que no se le aplica y las razones de ello, ya que, desde una perspectiva ciudadana, no es lo mismo enfrentarse a una afirmación susceptible de comprobación que, derechamente, a la falta de información. Con todo, es preciso aclarar que buena parte de las omisiones detectadas en los informes de fiscalización corresponden a materias que indudablemente obran en poder de las universidades y deben ser publicadas, tales como los sueldos de su personal y el resultado de las auditorías realizadas al ejercicio presupuestario.

f) El Consejo ofició y notificó electrónicamente el 11 de noviembre del presente año a todas las universidades estatales los resultados de esta evaluación y les instruyó para que informen dentro de 10 días hábiles un plan de trabajo para adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a los deberes de transparencia activa que les impone la ley, las que deberán estar plenamente implementadas en un plazo de 45 días hábiles a contar de esa misma fecha

g) El Consejo para la Transparencia continuará desarrollando su tarea de velar por el cumplimiento de la ley y promover una cultura de transparencia en la gestión de los asuntos públicos. Sabemos que nuestra tarea resultará, en ocasiones, incómoda para nuestros fiscalizados. No obstante lo cual, la misión del Consejo para la Transparencia no se verá jamás condicionada por consideraciones acerca del impacto favorable o adverso que sus decisiones puedan generar en determinados sectores políticos, organismos estatales o cualquier otro grupo o persona.

Nuevo Consejo Directivo realiza primera sesión para resolver casos

El Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia,presidido por su presidente, Alejandro Ferreiro y con la participación de los consejeros Vivianne Blanlot, Jorge Jaraquemada y José Luis Santa María realizaron su primera sesión para resolver reclamos y amparos presentados al Consejo para la Transparencia. Con esa sesión, el CPLT reanuda su calendario de dos sesiones semanales para poder dar una respuesta a las personas que recurren por un supuesto incumplimiento de su derecho de acceso a la información pública.

Tras la ratificación por parte del Senado, con una mayoría de 30 votos, el miércoles 16 de noviembre, los nuevos consejeros Blanlot y Santa María asistieron el viernes 18 al Consejo para la Transparencia a una sesión de tipo informativa que en la cual se le entregaron antecedentes sobre el CPLT y de su jurisprudencia. La reunión también permitió definir aspectos logísticos como los días y horarios de sesión, los cuales se mantuvieron según lo programado anteriormente, miércoles y viernes de 11 a 13.30 horas.

Tribunal Constitucional falla que Ley de Transparencia aplica a Universidad de Chile

El Tribunal Constitucional publicó hoy el fallo que rechaza el Recurso de Inaplicabilidad que la Universidad de Chile había presentado en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia que le ordenaba entregar información solicitada por el alumno de la facultad de Derecho, Francisco Zambrano.

La decisión del Tribunal Constitucional en sus principales considerandos resolutorios señala:

1) La Universidad de Chile, sin perjuicio de regirse por las normas específicas que imperan en el campo de su especialidad, reúne todas las condiciones que permiten reconocerla como un servicio público creado para el cumplimiento de la función administrativa estatal, para cualquier efecto legal.
Alcanzándole, por ende, todas las normas constitucionales y legales que, al estatuir o desarrollar aquellos principios básicos atingentes al orden institucional de la República, deben acatarse unánimemente dentro de la Administración del Estado, con arreglo al principio de juridicidad recogido en los artículos 6° y 7° de la Carta Fundamental.
2) Desde que entró en vigencia la reforma introducida por la Ley N° 20.050 al artículo 8° constitucional, con fuerza obligatoria directamente vinculante, ninguna autoridad administrativa pudo establecer como secretos o reservados los antecedentes a que ella se refiere y que existan en su poder, toda vez que esta determinación se radicó única, exclusiva y excluyentemente en leyes de quórum calificado.
Por consiguiente, fue esta Ley N° 20.050, y no su posterior inclusión en las normas de la Ley N° 20.285, la que privó a dicha casa de estudios superiores de toda opción para regular a través de decretos internos qué materias concernientes a ella se pueden divulgar o retraer del conocimiento público.
3) Contra lo que dice el recurso, no existe inconstitucionalidad de suyo por el hecho de que la Ley de Transparencia, aprobada por la Ley N° 20.285, haya incorporado en sus normas a los servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, abarcando, de esta forma, a la Universidad de Chile, comoquiera que ello no significa privarla de alguna autonomía de índole constitucional que, en todo caso, únicamente puede desplegarse en el ámbito estrictamente educacional.
Sostener lo contrario, implicaría otorgar a ese plantel universitario un estatus constitucional propio de un poder separado de la Administración del Estado, del que carece, amén de reconocerle posesión sobre una capacidad reglamentaria absoluta e ilimitada, que tampoco le ha sido otorgada.
4) Tampoco dicho plantel universitario puede estimar lesionada su autonomía de gestión administrativa, para adoptar independientemente las decisiones que corresponda dentro de su competencia y especialidad, por la circunstancia de quedar afecto a la fiscalización del Consejo para la Transparencia.
El eventual trastorno o peligro que la aplicación de esta ley pudiere ocasionar a la Universidad de Chile, a falta de mayores antecedentes, no puede ser considerado en esta oportunidad. Sin perjuicio de hacer notar, este Tribunal, los cauces institucionales que el ordenamiento vigente contempla a los efectos de resguardar la marcha normal de los servicios que componen la Administración del Estado.

Cortes rechazan recursos de universidades contra decisiones del CPLT

Durante esta semana, la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones de Santigo y de Iquique han rechazado tres recursos interpuestos por universidades en contra de decisiones del Consejo para la Transparencia.

El 15 de noviembre la Corte Suprema rechazó el recurso de Queja interpuesto por la Universidad Pedro de Valdivia en contra de la sentencia dictada por la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que había rechazado en forma unánime su reclamo de Ilegalidad en contra de la decisión de Amparo C70-11 del Consejo para la Transparencia, relacionada con la solicitud de todos los antecedentes de la citada institución de educación superior relacionados con su proceso de Acreditación año 2010 ante la Comisión Nacional de Acreditación (CNA). Con este fallo, se concretan las condiciones para que se exija a la CNA que cumpla con la resolución del CPLT y entregue los antecedentes al solicitante de éstos.
El fallo fue dictado unánimemente por los ministros de la Tercera Sala del tribunal supremo, Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, María Eugenia Sandoval y el abogado integrante Rafael Gómez.
Las razones para que la Corte Suprema desestimara el recurso de Queja se basan en que como éste solamente procede cuando en la resolución que lo motiva se haya incurrido en falta o abuso grave, constituido por errores u omisiones manifiestos e igualmente graves, no fue posible advertir en el caso concreto que los jueces recurridos -al decidir como lo hicieron- hayan realizado alguna de las conductas que la ley reprueba y que sería necesario reprimir y enmendar mediante el ejercicio de las atribuciones disciplinarias de esta Corte.
Esto no significa que se comparta las apreciaciones de los hechos y la aplicación del derecho realizada por la Corte de Apelaciones, y así lo señalan en el considerando cuarto de su fallo, porque la Corte Suprema no entra en el fondo de la materia.

Con fecha 16 de diciembre, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el desistimiento presentado por el rector de la Universidad Tecnológica Metropolitana respecto al reclamo de Ilegalidad Rol 7429-2010 que la citada casa de estudios había presentado en contra de la decisión de Amparo C442-10 que dispuso que la UTEM entregue copia de los contratos de prestación de servicios que 11 alumnos de la carrera de Criminología habían suscrito con la citada universidad, los cuales no les habían sido proporcionados. En este caso también se consolidan las circunstancias para solicitar que se exija el cumplimiento de dicha resolucioón.

Y el 17 de noviembre, la Corte de Apelaciones de Iquique dictó sentencia en el Reclamo de Ilegalidad Rol N° 279-2011, deducido por la Universidad Arturo Prat – UNAP- en contra de la decisión del Consejo que acogió parcialmente los Amparos C382-11, C383-11 y C384-11 en contra de la citada Universidad, referido a la solicitud de información presentada por los Rodrigo Oliva Virentelo, Matías Ramírez Pascal y Enzo Morales Norambuena, quienes habían solicitado una serie de antecedentes de la Junta Directiva y Consejo Académico de la UNAP, además de información de índole financiera y de personal de la citada institución, rechazándola con costas.
El fallo fue dictado unánimemente por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Iquique, integrada por los ministros Mónica Olivares, Pedro Guiza y el fiscal judicial Jorge Araya.
De la sentencia se pueden extraer las siguientes consideraciones:

  • Que, en diversas actuaciones de la reclamante, tales como la propia presentación de fojas 32, y de los documentos acompañados por aquella, se aprecia que, en su oportunidad, invocó la causal del artículo 21 Nº 1 de la ley 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, específicamente la letra c) de esa disposición, para abstenerse de entregar la información que le había sido requerida bajo el amparo del mismo cuerpo legal por el tercero interesado.

 

  • Que el recurso deberá desestimarse en virtud de lo dispuesto en los artículos 1, 32 y 40 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, de 13 de diciembre de 2000, en relación con el artículo 1º del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de Educación, de 28 de mayo de 1985, que dispuso el Estatuto de la Universidad “Arturo Prat”, normas que permiten concluir fundadamente que el recurrente forma parte de la Administración del Estado y, en consecuencia, está sometido a la limitación contenida en el inciso segundo del artículo 28 de la Ley 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, disposición que priva del derecho a reclamar ante las Cortes de Apelaciones a los órganos de la Administración del Estado que hubieren fundado su negativa a entregar la información requerida en la causal señalada en el número 1º del artículo ya citado, como es el caso que se conoce en estos autos.

 

  • Que en cuanto a la petición de los terceros relativa al inicio de una investigación administrativa, no apareciendo demostrada la necesidad de su tramitación en conformidad con lo que dispone el artículo 30 de la Ley 20.285, no se hará uso de dicho arbitrio.

CPLT presenta primer ranking de transparencia en universidades públicas

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El presidente del Consejo para la Transparencia, Alejandro Ferreiro junto al director general de la institución, Raúl Ferrada, dio a conocer los resultados de un proceso de fiscalización a universidades de la administración central del Estado.
Esta es la segunda fiscalización que hace el Consejo a un sector específico, anteriormente se evaluó el sector salud, tema que junto con educación, se demuestra en las encuestas nacionales realizadas por el CPLT como los de mayor interés para la ciudadanía y donde más se demanda transparencia. El proceso de fiscalización se dividió en evaluación del desempeño general en derecho de acceso a la información pública en el sector educación con foco en las universidades y evaluación del desempeño en el cumplimiento de las obligaciones de la llamada Transparencia Activa en las universidades, esto es la obligación de publicar una serie de información en sus sitios electrónicos mensualmente, incluyendo presupuesto, remuneraciones y auditorías a su ejecución presupuestaria.

La fiscalización a las obligaciones de transparencia activa se efectuó a las 16 universidades estatales entre el 13 y 20 de octubre, obteniendo un promedio total de cumplimiento del 20,60%. El mejor puntaje lo obtuvo la Universidad Tecnológica Metropolitana con 59,53%, seguido por la del Bío-Bío con un 38,89% y la de Playa Ancha, con un 36,40%. y el más bajo la Universidad de Antofagasta con solo 6,9%. Ver presentación completa y ranking.

En forma paralela se hizo una revisión de los reclamos presentados ante el CPLT por negativas a solicitudes de acceso a información pública. De un total de 1.954 reclamos presentados en organismos de la administración del Estado, 208 corresponden al sector educacional (11%), ubicando a Educación como uno de los más reclamados de los organismos centrales del Estado. Además, las universidades muestran una alta cantidad de reclamos por Transparencia Activa 4,6 veces más que otras instituciones de Educación. Cabe destacar que un 97% de los reclamos hacia las Universidades ha sido acogido parcial o totalmente por el Consejo (vs 76% de otras instituciones), lo que muestra un bajo rendimiento en dar respuesta efectiva a las solicitudes ciudadanas.

El CPLT notificó a todas las universidades estatales los resultados de esta fiscalización y les dio un plazo de 10 días para entregar un plan de trabajo que les permita alcanzar el cumplimiento de todas las obligaciones de transparencia activa, las cuales deben estar reflejadas en sus sitios electrónicos en 45 días más.

El presidente del CPLT, Alejandro Ferreiro, señaló que las universidades públicas no han tenido la debida consideración a las obligaciones que impone la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, lo que se refleja en altos niveles de incumplimiento. “Las obligaciones que están en la Ley están siendo cumplidas de un modo muy deficiente”, enfatizó.

 

Escucha el audio de la conferencia de prensa

CPLT muestra a La Moneda “transparente” para difundir el derecho de acceso a la información

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Numerosas estaciones del Metro de Santiago exhiben entre sus afiches publicitarios una novedosa imagen del Palacio de La Moneda con parte de su fachada “transparente”. Se trata de fotografías reales de su interior que permiten conocer parte de sus dependencias y que se enmarca dentro de la campaña realizada por el Consejo para la Transparencia con el apoyo del gobierno llamada “Puedes ver lo que pasa aquí”.

Este concepto ya se ha instalado en todo el país a partir de agosto con lienzos gigantes que han cubierto parte de las fachadas de las sede de gobierno regional u otro edificio público, permitiendo a las personas ver hacia el interior de las dependencias. En la región Metropolitana se llevó a la vía pública y posteriormente también se cubrirá el edificio del ministerio de Bienes Nacionales.

En forma paralela, en la región de Magallanes se está repitiendo el concepto en vía pública con gigantografías en diversas calles mostrando la sede de su Intendencia Regional en parte transparente.

La campaña “Puedes ver lo que pasa aquí” es un proyecto desarrollado por el CPLT y financiado por el gobierno, que busca darle difusión al derecho de acceso a la información pública y hacer tangible el significado de la Ley de Transparencia, normativa que entró en vigencia el 20 de abril de 2009 y que creó el Consejo para la Transparencia.

Durante todo el mes de noviembre y hasta las primera semana de diciembre podrán verse los afiches en las estaciones del Metro República, Monte Tabor, Universidad de Santiago, Salvador, Vicente Valdés, Plaza de Armas, Universidad de Chile, Estación Central, Las Rejas, Baquedano, Bellavista, Colón, Puente Alto y Manquehue.Imagen foto_00000001

Imagen de la campaña en Punta Arenas

 

Declaración pública

Debido a numerosas consultas de los ciudadanos respecto al estado de tramitación de sus amparos y reclamos y posibles demoras por la falta de quorum en el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia, se procede a la siguiente aclaración:

Mientras no sean designados los dos nuevos consejeros, es efectivo que el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia no puede sesionar, ya que sus estatutos le exigen un quorum mínimo de tres miembros para que se realice la sesión. Esto impide que se tomen decisiones respecto a los casos en tramitación.

Sin embargo, es posible declarar la admisibilidad de los reclamos por infracción a las normas de transparencia activa y amparos al derecho de acceso a la información que se presenten al Consejo y determinar los traslados a las partes. Esta facultad fue delegada en el presidente de la institución por el Consejo Directivo en la sesión N° 63 del 30 de junio de 2009.

Estas labores, por lo tanto, están siendo asumidas por el presidente Alejandro Ferreiro, quién asumió su cargo el pasado 29 de octubre de 2011.

CPLT participa en encuentro internacional sobre Protección de Datos

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Participó el director jurídico del Consejo para la Transparencia, Enrique Rajevic

El 31 de octubre se realizó la reunión cerrada de la Red Iberoamericana de Protección de Datos, en la que se presentó el proceso de revisión y actualización a que está siendo sometido el Convenio 108 del Consejo de Europa, de 1981, relativo a la protección de los datos personales, y las nuevas leyes de protección de datos de Costa Rica (Ley Nº 8969, publicada el 5 de septiembre de 2011), Perú (Ley Nº 29.733, publicada el 3 de julio de 2011) y Colombia (próxima a ser promulgada tras la revisión de su Corte Constitucional), junto con la perspectiva que en materia de privacidad ha adoptado la Comisión Federal de Comercio de los Estados Unidos de Norteamérica (Federal Trade Commission). Además, se sentaron las bases para formar una base de jurisprudencia iberoamericana sobre protección de datos personales, tarea en la que el Consejo para la Transparencia participará por Chile. Como un aporte para este proceso se entregó el cuadernillo que sistematiza la jurisprudencia del Consejo para la Transparencia en esta materia.

Este encuentro fue una de las actividades preparatorias del 33° Encuentro Internacional de Autoridades en Protección de Datos y Privacidad que, por vez primera, se realizó en América Latina, correspondiendo su organización al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).

El tema central de la conferencia fue “Privacidad: La Era Global” y en las diversas sesiones y paneles de discusión participaron autoridades y expertos de cerca de 60 países. Se inauguró el 1° de noviembre de 2011 y las sesiones de trabajo se realizaron los días 2 y 3 del mismo mes. Entre los temas abordados estaban “Big Data: observación de personas, análisis de datos, innovación y privacidad”; “Seguridad en un Mundo Inseguro”; “¿Cómo crear una comunidad global de protección de datos frente a diferentes culturas, riesgos y amenazas?”; “Riesgos para la seguridad en el mundo moderno”; “¿Es viable el derecho al olvido en un mundo digital?”; “Sociedades móviles, vidas privadas” y “Protección de menores en un mundo interconectado”.

A ambas actividades asistieron el director jurídico del Consejo para la Transparencia, Enrique Rajevic, y la jefa de la unidad de normativa de la institución, Andrea Ruiz. Rajevic, además, fue panelista en una de las Sesiones Paralelas de la Conferencia Internacional, concretamente en “Supervisión del cumplimiento de la ley por parte de las autoridades de protección de datos”, compartiendo panel con Mary Ellen Callahan, Oficial de Privacidad, del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos de América, Chantal Bernier, Comisionada Federal Adjunta de Canadá, e Isabel Cruz, Secretaria General de la Comisión Nacional de Protección de Datos de Portugal. En esta mesa redonda se debatió el uso que hacen las autoridades gubernamentales de datos personales con el propósito de garantizar la seguridad nacional, los riesgos que entraña y las medidas que cada una de las agencias estaba adoptando.

El encuentro de México terminó con una declaración, denominada “Declaración de México” que comprometió un proceso de diálogo entre las autoridades de protección de datos para compartir sus conocimientos cuidando no socavar la autonomía de cada cual. La 34ª Conferencia Internacional se celebrará en Uruguay.

 

Conferencia internacional de protección de datos personales

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Por primera vez el Encuentro Internacional de las Autoridades en Protección de Datos y Privacidad se reúnen en América Latina. Este año le correspondió a México y específicamente al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) ser el organizador de este seminario en que se discuten los grandes desafíos que involucran hoy los desarrollos tecnológicos para proteger la privacidad de las personas.

El 33° Encuentro, que recibe este año el nombre “La Era Global”, fue inaugurado con un discurso por el Ministro de la Función Pública en nombre del presidente de México, Felipe Calderón, quien señaló que uno de los principales retos para los gobiernos y en particular de las autoridades encargadas de protección de datos personales es generar y actualizar la regulación a la misma velocidad que cambia la tecnología para asegurar el derecho a la privacidad. Por ello advirtió que los desarrollos tecnológicos traen como nunca grandes desafíos, pues existe el riesgo de que los datos personales que circulan a través de las redes sean usados de manera indebida, lo que representa una amenaza a la privacidad y seguridad de las personas.
Durante los dos días de paneles y talleres se discutieron numerosos temas como Big Data: observación de personas, análisis de datos, innovación y privacidad; Seguridad en un Mundo Inseguro; ¿Cómo crear una comunidad global de protección de datos frente a diferentes culturas, riesgos y amenazas?; Riesgos para la seguridad en el mundo moderno; ¿Es viable el derecho al olvido en un mundo digital?; Sociedades móviles, vidas privadas – las implicaciones de la privacidad en un futuro móvil, y Protección de menores en un mundo interconectado.

Entre los participantes internacionales se contó con la presencia de Kenneth Neil Cukier, del periódico The Economist; Gus Hosein, de Privacy International; Regina Kuchle, directora de Asuntos Legales de Astra Zeneca; Amelia Warner, jefa de la División de Genómica Clínica Global, Laboratorios Merck; Marie Hélène Boulanger, de la Comisión Europea; José Luis Rodríguez Álvarez, presidente de la Agencia Española de Protección de Datos; Peter Fleisher, de Google; Richard Allan, de Facebook; Daniel Pradelles, oficial de Privacidad de CIPP–EMEA, Hewlett-Packard CCF, y Giovanni Buttarelli, supervisor adjunto del Supervisor Europeo de Datos.

En representación de Chile asistió el director jurídico del Consejo para la Transparencia, Enrique Rajevic, y la jefa de la unidad de normativa de la institución, Andrea Ruiz.

Rajevic fue panelista en una de las Sesiones Paralelas, concretamente en “Supervisión del cumplimiento de la ley por parte de las autoridades de protección de datos”, compartiendo panel con Mary Ellen Callahan, Oficial de Privacidad, del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos de América, Chantal Bernier, Comisionada Federal Adjunta de Canadá, e Isabel Cruz, Secretaria General de la Comisión Nacional de Protección de Datos de Portugal. Además, junto a Andrea Ruiz participaron en la reunión del IX Encuentro de la Red Iberoamericana de Protección de Datos y Privacidad (IX Encuentro de la RIPD) que tuvo por por objeto promover la cooperación interinstitucional y el diálogo entre actores claves para el desarrollo de iniciativas y políticas, conscientes de la relevancia que posee la protección de datos en el marco de la sociedad de la información y las crecientes relaciones comerciales entre los pueblos iberoamericanos.

 

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