“La información es la divisa a la democracia”

 

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Miriam Nisbet, Directora Oficina de Servicios de Información de Gobierno (OGIS), Archivos Nacionales y Administración de Archivos de Estados Unidos. Ver video

Para Miriam Nisbet, Directora de la OGIS), Archivos Nacionales y Administración de Archivos de Estados Unidos, las palabras de Thomas Jefferson han sido el lema estos últimos años: “la información es la divisa de la democracia”.

“Este mensaje es una apertura a la democracia en los últimos doscientos años y de quienes gobiernan, y la idea es mantenerlo”, dijo Nisbet en su exposición durante el primer panel 1 del Seminario Internacional Implementación de la Ley de Transparencia y el Derecho de Acceso a la Información Pública en Chile.

La oradora también abordó el último cambio en la ley de acceso a la información pública en Estados Unidos, enfocada en la resolución de conflictos por información no entregada.

Dentro de esta última modificación, explicó, “estamos trabajando por resolver disputas, litigación y revisar lo que hacen las agencias para mejorar esta ley. Queremos que las personas tengan ayuda y exista una tradición de apertura a esta ley”.

Agregó además que en la OGIS, es primera vez que se vez que se realizan servicios de mediación entre solicitantes y las agencias de información. “Existen desacuerdos en los enfoques, pero lo principal es evitar que el solicitante vaya a la corte, porque tiene mayor costo y pérdida de tiempo”.

OGIS cuenta hoy con una oficina de resolución de conflictos on line, pero tal como explica su directora “no sabemos cuántos conflictos vamos a resolver, pero sí vemos que cada año la cifra aumenta; queremos llegar a tener la mejor comunicación y diálogo. El solicitante puede llegar a nuestras oficinas, enviar un email, estamos abiertos al público”.

Finalmente Miriam Nisbet se mostró contenta de participar en este seminario con una sala completa de personas interesadas y “apasionadas en tener acceso a la información”.

“Somos parte de un movimiento global, un movimiento que está cambiando las relaciones de poder y en donde surge el espíritu humano”

 

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Thomas Blanton, director del Archivo de Seguridad Nacional de la Universidad George Washington. Ver video

Thomas Blanton, director del Archivo de Seguridad Nacional de la Universidad George Washington,  comenzó su exposición entregando sus condolencias por la destrucción ocurrida en Chile a raíz del terremoto, destacando que la masiva presencia a este seminario, “sólo demuestra el valor de ustedes como país”.

Blanton destacó que Chile es líder en el mundo sobre el derecho fundamental de las personas y respondió a esta necesidad con un Consejo de Transparencia y con una ley modelo. “Ahora deben ampliarlo y mejorarlo aun más, ya que están siendo el estándar en el resto del mundo. Somos parte de un movimiento global, un movimiento que está cambiando las relaciones de poder y en donde surge el espíritu humano”.

El director del Archivo de Seguridad Nacional de la Universidad George Washington, destacó que actualmente 15 o 16 países del mundo han creado instituciones autónomas de este tipo como China, México y obviamente Chile y “aquellos países que hoy no la tienen quieren una”.

Para Blanton el acceso a la información en una tendencia global por lo que los países que cuentan con organismos para esto, deben desarrollarlas aun más. “El mayor problema en común de los países con acceso a información, es la recolección de datos, en China por ejemplo éste ha sido el mayor problema en sus dos años de implementación, en Shangai existen 9 mil 400 solicitudes de información, 400 juicios en contra del gobierno por la falta de entrega o tardanza en la información  y sólo un caso ha sido ganado. Si creen que es difícil este trabajo en Chile, pues vayan a China”.

Respecto de los recursos, dijo que Chile está un poco desfasado en este tema y si quiere ser modelo deberá invertir el doble por per cápita. “Quizás sus recursos sean similares a países como Irlanda o Eslovenia, pero la población en Chile es mayor”, agregó.

Para el especialista existen desafíos globales en común sobre transparencia. “Chile es un país muy grande y cómo hacer que el sistema funcione tanto en Atacama como en Patagonia, cómo te comunicas con ellos. Es aquí donde se deben aumentar los recursos, en los municipios, sobre todo después del terremoto que afecto al país”.

Video: Ena von Baer en inauguración del Seminario Internacional

Video: Juan Pablo Olmedo en inauguración del Seminario Internacional

Otros videos: Ena von Baer, Secretaría General de Gobierno | Jean Michel Arrighi, OEA

Seminario Internacional 2010

Consejo para la Transparencia notifica primeras sanciones por incumplimiento a sus decisiones

El Consejo para la Transparencia notificó sus primeras tres resoluciones que sancionan a funcionarios públicos por incumplir la Ley de Transparencia. Ellas fueron dictadas tras un sumario administrativo que fue  instruido por la Contraloría General de la República a petición del propio Consejo conforme el Convenio de Colaboración que este firmó con la Contraloría General de la República. Las autoridades sancionadas son:

 

  • Alcaldesa de Ovalle, multada con el equivalente al  20% de su remuneración como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones de transparencia activa que constató la decisión R13-09.
  • El Alcalde y la Administradora Municipal de la Municipalidad de El Carmen (región del BioBío),  sancionados  con el 20% de su remuneración por no ajustarse a las normas de transparencia activa, según se señaló en la decisión R6-09.
  • La Alcaldesa y el Director de Control de la Municipalidad de Pencahue, también por obligaciones de transparencia activa conforme se indica en la decisión R19-09, ambos con 25% de la remuneración.

 

A estas sanciones se suman cinco sumarios que está instruyendo la Contraloría General de la República, a petición del Consejo.

Los casos son:

-Municipalidad de Vitacura, decisión rol C756-10. Se trata de una petición de actas y audios de sesiones del Concejo Municipal que en el periodo que medió entre la solicitud y los descargos presentados ante el Consejo fueron destruidos, lo que podría configurar la denegación infundada del artículo 45 de la Ley N° 20.285.

-Municipalidad de Viña del Mar, decisión rol C293-10. En este caso se ordenó la entrega de un expediente sumarial  reclamando el municipio ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Rechazado este reclamo, la municipalidad no entregó los antecedentes, lo que estaría configurando la infracción del artículo 46 de la Ley.

-Municipalidad de Algarrobo, decisión rol C674-10. Se solicitaron los registros de control de asistencia de la secretaria municipal y el municipio finalmente señaló que la información no podía ser recuperada, lo que también podría configurar la infracción del artículo 46 de la Ley.

-Municipalidad de Cochamó, decisión rol A308-09. Se trata de incumplimiento de las obligaciones de transparencia activa.

-Serviu del Maule, decisión rol C62-10. Se solicitaron las pruebas de pavimento que debe hacer un laboratorio externo para verificar la calidad de un trabajo de pavimentación. El Serviu alegó que no contaba con la información, pero finalmente se determinó que debía tenerlo, por lo que también se está indagando la infracción del artículo 46 de la Ley.

 

VER RESOLUCIÓN DE SUMARIO EN RECLAMO ROL R06-09

VER RESOLUCIÓN DE SUMARIO EN RECLAMO ROL R19-09

 

VER RESOLUCIÓN DE SUMARIO EN RECLAMO ROL R13-09

CPLT firma protocolo de acuerdo con el Banco Mundial

 

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Raúl Ferrada, Director General del CPLT; Marcelo Barg, enlace del Banco Mundial (firmando) y Juan Pablo Olmedo, presidente del CPLT

En el marco de las actividades organizadas para conmemorar el primer año de vigencia de la Ley  N° 20.285 de Transparencia y Acceso a la Información Pública, como también de existencia del Consejo para la Transparencia,  este lunes se firmó en las oficinas del Consejo para la Transparencia el acuerdo que da pie a un convenio de colaboración con el Banco Mundial.

Este acuerdo implica la cooperación, asistencia y complementariedad en materias tales como:

  • Creación y desarrollo de grupos de trabajo e investigación;
  • Ejecución de proyectos conjuntos; 
  • Diseño y desarrollo de iniciativas tendientes a generar buenas prácticas en la administración pública chilena, en cuanto a modelos de gestión, tecnologías de la información y variadas formas de difusión y capacitación sobre la ley de acceso a la información; 
  • Otras formas de cooperación que las dos instituciones puedan organizar en forma conjunta.

 

Para estos efectos, el convenio contemplaría una donación por parte de la entidad internacional de poco más de US$ 400 mil, los que serán destinados por parte del CPLT a proyectos especiales que buscan fortalecer  la transparencia en Chile, dentro del marco de lo mencionado anteriormente.

Uno de los proyectos, ya en gestación, es un programa piloto con varios municipios para apoyarlos en el proceso de gestión y digitalización de la información, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia activa así como el ejercicio del derecho de acceso a la información pública por parte de los ciudadanos.

Exitosa convocatoria a Seminario Internacional

 

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20 y 21 de abril de 2010
Centro de Extensión, Pontificia Universidad Católica

Este 20 de abril se conmemora el primer año de entrada en vigencia de la Ley 20.285 y el Consejo para la Transparencia, organismo encargado de administrar dicha normativa, decidió celebrarlo con un seminario que reúne a importantes exponentes del acceso a la información pública, nacionales e internacionales.

El Seminario Internacional Implementación de la Ley de Transparencia y el Derecho de Acceso a la Información en Chile contará con la presencia de los comisionados de acceso a la información de México, Canadá, Noruega y Estados Unidos,  quienes están a cargo del primer panel sobre experiencias internacionales en la implementación de la ley de acceso.

Durante el segundo panel se debatirá sobre el significado de la autonomía institucional y contará con las exposiciones de autoridades de poderes autónomos nacionales.

El primer taller tratará de gestión del conocimiento: políticas de tecnologías de la información, manejo y archivo de información.

El segundo día abrirá con el panel Sector Privado y Transparencia seguido del panel Implementación del derecho de acceso a la información; ambos con la valiosa participación de autoridades y expertos, chilenos y extranjeros.

Posteriormente se realizarán dos talleres simultáneos: uno dedicado a la sociedad civil y el derecho de acceso, y otro sobre medios de comunicación y transparencia. Cada cual tendrá exposiciones seguidas de comentarios y debate de expertos en el tema respectivo.

La convocatoria

La invitación al seminario se lanzó en enero pasado y  las inscripciones han sido recibidas principalmente vía web,  a través del sitio oficial del seminario www.consejotransparencia.cl/seminario_transparencia2010, donde los interesados pueden registrarse y elegir en línea los paneles y talleres a los que quieren asistir.

Los asistentes, que suman más de 500, son tanto profesionales especializados en el área de transparencia –como abogados, funcionarios públicos o de ONGs-; como académicos -estudiantes y ciudadanos interesados en profundizar sus conocimientos sobre el tema y participar de debates al respecto.

La invitación es gratuita y sigue abierta hasta el 20 de abril. Quienes no puedan ir hasta el Centro de Extensión de la Universidad Católica, pueden seguir las ponencias de manera virtual, ya que se transmitirán en línea y, posteriormente, los videos quedarán almacenados en el sitio web del Consejo.

Seminario Internacional Implementación de la Ley de Transparencia y el Derecho de Acceso a la Información en Chile
20 y 21 de abril de 2010

Centro de Extensión de la Universidad Católica, Alameda 390

Santiago, Chile

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CPLT realiza primer estudio de conocimiento de la Ley de Transparencia y posicionamiento institucional

 

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Un valioso reporte es el que recogió el Estudio Mide-UC a petición del Consejo para la Transparencia, en un proceso que se llevó a cabo entre noviembre de 2009 y febrero de 2010. En total se efectuaron cinco estudios de carácter exploratorio, con métodos cualitativos y cuantitativos que permiten complementar información general sobre el Consejo para la Transparencia y su desempeño durante 2009.

A nivel cualitativo se realizaron los estudios de caracterización de los clientes del Consejo y en lo cuantitativo la encuesta nacional de posicionamiento, la caracterización de los clientes públicos y la encuesta de satisfacción de clientes.

En relación al tipo de público usuario del Consejo para la Transparencia, la investigación permitió generar y caracterizar tres tipos principales: los clientes potenciales (ciudadanía en general que podría hacer uso de la Ley), clientes públicos (funcionarios públicos y los encargados de las unidades de transparencia en las diversas reparticiones) y los clientes privados (aquellos ciudadanos que de abril de 2009 a la fecha han recurrido al Consejo con un Reclamo o consulta.

La evaluación presenta un gran desafío, ya que a nivel de posicionamiento señala que sólo 20% de los chilenos saben que existe una ley que les permite acceder a información de los organismos públicos y el 29% declara saber que durante 2008 se promulgó una Ley de Transparencia. Más aún, sólo el  18,7% declara haber escuchado hablar del Consejo para la Transparencia. Sin embargo, aquellos ciudadanos que no conocen el CPLT, cuando se les explica su rol y características, muestran una excelente percepción valorando especialmente su carácter autónomo, ya que lo interpretan en términos de independencia política.

Este primer estudio desarrollado por el Consejo para la Transparencia constituye el punto de inicio en la construcción de una línea base que permitirá ir midiendo cada año los avances en el conocimiento y valoración que los chilenos le dan al derecho de acceso a la información y a la labor del mismo Consejo. A la vez, se posiciona como el primer estudio a nivel nacional sobre conocimiento, comprensión y significación del derecho de acceso por parte de los chilenos.

CPLT publica instrucción sobre costos de reproducción de la información

 

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La Instrucción General N°6, que comienza a regir el 5 de abril de 2010, define los “costos directos” y especifica las referencias de lo que puede ser cobrado, mencionando que la gratuidad es uno de los principios del derecho de acceso a la información.

De tener una tarifa más alta, el organismo debe probar que sus costos son más elevados que el límite establecido en el instructivo. Este instructivo se hace obligatorio el 5 de abril y se publica en el Diario Oficial el martes 30 de marzo.

El documento también se refiere al formato y al contenido de la entrega de la información solicitada, pudiendo ser “datos, voz, imágenes, videos, planos o informes, entre otros. Podrá transferirse de modo telemático (por medio de correo electrónico, por ejemplo) o físico, empleándose el soporte que el requirente haya señalado: papel (fotocopia, impresión, braille), medios magnéticos (cintas de video, cintas de audio, diskettes, discos duros, cintas magnéticas, etcétera), medios electrónicos (memorias, pendrives, etcétera) y medios ópticos (CD, DVD, BLUE RAY, etcétera), entre otros”.

Menciona, además, que los organismos deben traspasar oportunamente su información de formato cuando el que la contenga esté en riesgo de quedar obsoleta o desactualizada.

La instrucción especifica que no se puede solicitar un pago cuando la información se envía telemáticamente -como el caso del correo electrónico-, o cuando el solicitante aporta el soporte -por ejemplo, un DVD.

En cuanto al costo directo, se entiende por tal a “todos los costos asociados al proceso de copiado de un documento u otro tipo de soporte, en la medida que sea necesario incurrir en ellos para obtener la información en el soporte que el requirente haya solicitado”.

A partir de dicha definición se fijan la referencia de dicho valor, ya sea el precio que cobra el organismo a otros organismos de la administración del Estado, establecido en el convenio marco respectivo; el monto del convenio marco o el inferior, en caso de tener un contrato a un monto menor; el costo real en que incurre el organismo en caso de no tener contrato o convenio marco.

La instrucción especifica que si el organismo estima que dicho valor de referencia es insuficiente para solventar los costos directos de reproducción “deberá establecer en el acto administrativo que fije aquéllos, en forma desglosada y conforme al criterio de realidad, el valor de cada uno de los insumos que conformen el costo total directo de reproducción”.

Dice también, que si el solicitante manifiesta que no está dispuesto a pagar el monto cobrado, el organismo debe buscar la manera de hacer entrega de la información, ya sea en sus propias dependencias o  de una manera más barata, de acuerdo con el solicitante.

El documento ordena que si el costo excede al presupuesto, el organismo debe informar de las circunstancias que lo califican como excesivo y de los medios y formatos alternativos para su acceso.

La Instrucción N°6 establece el modo de notificación al solicitante de la tarifa que le será cobrada y los plazos de pago.

Finalmente, se menciona que hay costos que no pueden ser traspasados -como los de búsqueda de información- y recomienda como buena práctica fijar un monto que esté exento de cobro.

El Consejo emite esta instrucción tras la decisión del caso A125-09, de 25 de marzo de 2010, y la revisión de los distintos actos administrativos que han establecido los costos directos de reproducción dictados por los órganos y servicios de la Administración del Estado, especialmente al amparo de lo establecido en el Oficio Ordinario N° 877, de 8 de julio de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que impartió directrices sobre el cobro de los costos de reproducción de la información requerida por vía de la Ley de Transparencia.

Presidente del CPLT expone en seminario de la Academia Judicial

 

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Juan Pablo Olmedo, presidente del Consejo para la Transparencia, y Roberto Contreras, ministro de la Corte de Apelaciones de San Miguel

Juan Pablo Olmedo, Presidente del Consejo para la Transparencia, expuso en uno de los encuentros del Seminario Transparencia y Poder Judicial, realizado en la Corte de Apelaciones de Valparaíso  y organizado por la Academia Judicial.

 

Dentro de su exposición Olmedo resaltó que el Poder Judicial a través de las Cortes de Apelaciones son los garantes finales del derecho de acceso a la información. Y en ese sentido recalcó que “no hay derechos adquiridos. Cada caso compromete a todo el sistema. La jurisprudencia que se va a ir sentando es la que irá garantizando o dando nuevos alcances al derecho de acceso”.

A la fecha, se han interpuesto quince recursos de ilegalidad ante las Cortes de Apelaciones, principalmente la de Santiago y también en la de San Miguel y de Valparaíso,  contra las resoluciones del Consejo. De éstas, no todas han sido notificadas aún, ya que la norma exige notificación por cédula.

El presidente del CPLT señaló que el artículo 8° de la Constitución impone como país la obligación de avanzar en la cultura de la transparencia. “Si elevamos los estándares de la administración del Estado como consecuencia se elevarán los estándares a nivel país”, argumentó. “Cómo se resuelvan los casos presentados ante las Cortes determinarán la rapidez con que vayamos avanzando en estándares de transparencia. Este es un proceso cultural que se está gestando y los primeros casos tienen un trasfondo social”, agregó.

 

La otra ponencia, “Dimensión judicial de la Ley N° 20.285”, correpondió al ministro de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Roberto Contreras, quien destacó el impacto que ha tenido la normativa en el poder judicial, debido a la importancia de la información en los procesos judiciales. “Más allá de los procedimientos contenciosos y no contenciosos que puedan llegar hasta la Corte de Apelaciones, es necesario destacar que esta legislación nos impone obligaciones trascendentales en lo que respecta a la transparencia del poder judicial”, comentó.

 

La sesión en Valparaíso corresponde a la tercera de siete fechas programadas del ciclo que comenzó en Enero. y en el cual participan ministros de la Corte de Apelaciones, profesores de derecho constitucional y derecho administrativo, ministros del Tribunal Constitucional y consejeros del Consejo para la Transparencia. El seminario persigue eflexionar sobre los desafíos abiertos por esta nueva normativa, para analizar y  discutir las implicancias y problemas jurídicos específicos que puedan generarse en la aplicación de la Ley Nº 20.285, en relación a la actividad propia del Poder Judicial.

 

Durante enero se realizó el seminario en la Corte de Apelaciones de Santiago y en la Corte de Apelaciones de San Miguel. De las fechas programadas por ahora se han suspendido las que estaban fijadas en Concepción y Talca debido a los daños producidor por el terremoto y se está a la espera de posibles reprogramaciones.

 

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Ministro Larroulet da plazo para publicación de nuevas autoridades

El ministro Secretario General de la Presidencia, Cristián Larroulet, envió hoy un oficio a todos los ministerios y reparticiones públicas señalando que el próximo miércoles 17 de marzo debe estar publicado bajo las normativas de transparencia activa, todos los nombramientos de autoridades que hubiesen asumido al 11 de marzo pasado. Esto incluye a ministros, subsecretarios, jefes de servicio, intendentes, gobernadores y en general los estamentos de autoridad.

En aquellos casos en que los nombramientos aún no se han gestionado, al momento de hacerse debe actualizarse de inmediato dicha información y siempre dentro de las 24 horas siguientes al nombramiento o dictación del acto administrativo. Esta última instrucción se aplicará a todos los cambios en jefes de servicio que se efectúen previo al 9 de abril, fecha en que deberá actualizarse la información de Transparencia Activa según establece la Ley N° 20.285. Con respecto al resto del personal, sea de planta, contrata, honorarios o bajo las normas del Código del Trabajo, se mantiene la exigencia de actualizarlo al próximo 9 de abril, aunque se deja en libertad a los servicios de hacerlo previo a esa fecha si así lo estiman conveniente.

Con respecto a las autoridades, jefes de servicio y toda persona bajo cualquier regimen contractual que haya cesado en sus funciones, deberán manterse los datos publicados, añadiendo la fecha de término de sus funciones.

El ministro Larroulet señala que las regiones VI, VII y VIII están exentas de las obligaciones que impone en este oficio debido al estado de catástrofe bajo el cual se encuentran tras los hechos del 27 de febrero pasado.