Consejo para la Transparencia notifica primeras sanciones por incumplimiento a sus decisiones
El Consejo para la Transparencia notificó sus primeras tres resoluciones que sancionan a funcionarios públicos por incumplir la Ley de Transparencia. Ellas fueron dictadas tras un sumario administrativo que fue instruido por la Contraloría General de la República a petición del propio Consejo conforme el Convenio de Colaboración que este firmó con la Contraloría General de la República. Las autoridades sancionadas son:
- Alcaldesa de Ovalle, multada con el equivalente al 20% de su remuneración como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones de transparencia activa que constató la decisión R13-09.
- El Alcalde y la Administradora Municipal de la Municipalidad de El Carmen (región del BioBío), sancionados con el 20% de su remuneración por no ajustarse a las normas de transparencia activa, según se señaló en la decisión R6-09.
- La Alcaldesa y el Director de Control de la Municipalidad de Pencahue, también por obligaciones de transparencia activa conforme se indica en la decisión R19-09, ambos con 25% de la remuneración.
A estas sanciones se suman cinco sumarios que está instruyendo la Contraloría General de la República, a petición del Consejo.
Los casos son:
-Municipalidad de Vitacura, decisión rol C756-10. Se trata de una petición de actas y audios de sesiones del Concejo Municipal que en el periodo que medió entre la solicitud y los descargos presentados ante el Consejo fueron destruidos, lo que podría configurar la denegación infundada del artículo 45 de la Ley N° 20.285.
-Municipalidad de Viña del Mar, decisión rol C293-10. En este caso se ordenó la entrega de un expediente sumarial reclamando el municipio ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Rechazado este reclamo, la municipalidad no entregó los antecedentes, lo que estaría configurando la infracción del artículo 46 de la Ley.
-Municipalidad de Algarrobo, decisión rol C674-10. Se solicitaron los registros de control de asistencia de la secretaria municipal y el municipio finalmente señaló que la información no podía ser recuperada, lo que también podría configurar la infracción del artículo 46 de la Ley.
-Municipalidad de Cochamó, decisión rol A308-09. Se trata de incumplimiento de las obligaciones de transparencia activa.
-Serviu del Maule, decisión rol C62-10. Se solicitaron las pruebas de pavimento que debe hacer un laboratorio externo para verificar la calidad de un trabajo de pavimentación. El Serviu alegó que no contaba con la información, pero finalmente se determinó que debía tenerlo, por lo que también se está indagando la infracción del artículo 46 de la Ley.
VER RESOLUCIÓN DE SUMARIO EN RECLAMO ROL R06-09
VER RESOLUCIÓN DE SUMARIO EN RECLAMO ROL R19-09
VER RESOLUCIÓN DE SUMARIO EN RECLAMO ROL R13-09
CPLT firma protocolo de acuerdo con el Banco Mundial

En el marco de las actividades organizadas para conmemorar el primer año de vigencia de la Ley N° 20.285 de Transparencia y Acceso a la Información Pública, como también de existencia del Consejo para la Transparencia, este lunes se firmó en las oficinas del Consejo para la Transparencia el acuerdo que da pie a un convenio de colaboración con el Banco Mundial.
Este acuerdo implica la cooperación, asistencia y complementariedad en materias tales como:
- Creación y desarrollo de grupos de trabajo e investigación;
- Ejecución de proyectos conjuntos;
- Diseño y desarrollo de iniciativas tendientes a generar buenas prácticas en la administración pública chilena, en cuanto a modelos de gestión, tecnologías de la información y variadas formas de difusión y capacitación sobre la ley de acceso a la información;
- Otras formas de cooperación que las dos instituciones puedan organizar en forma conjunta.
Para estos efectos, el convenio contemplaría una donación por parte de la entidad internacional de poco más de US$ 400 mil, los que serán destinados por parte del CPLT a proyectos especiales que buscan fortalecer la transparencia en Chile, dentro del marco de lo mencionado anteriormente.
Uno de los proyectos, ya en gestación, es un programa piloto con varios municipios para apoyarlos en el proceso de gestión y digitalización de la información, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia activa así como el ejercicio del derecho de acceso a la información pública por parte de los ciudadanos.
Exitosa convocatoria a Seminario Internacional

Centro de Extensión, Pontificia Universidad Católica
Este 20 de abril se conmemora el primer año de entrada en vigencia de la Ley 20.285 y el Consejo para la Transparencia, organismo encargado de administrar dicha normativa, decidió celebrarlo con un seminario que reúne a importantes exponentes del acceso a la información pública, nacionales e internacionales.
El Seminario Internacional Implementación de la Ley de Transparencia y el Derecho de Acceso a la Información en Chile contará con la presencia de los comisionados de acceso a la información de México, Canadá, Noruega y Estados Unidos, quienes están a cargo del primer panel sobre experiencias internacionales en la implementación de la ley de acceso.
Durante el segundo panel se debatirá sobre el significado de la autonomía institucional y contará con las exposiciones de autoridades de poderes autónomos nacionales.
El primer taller tratará de gestión del conocimiento: políticas de tecnologías de la información, manejo y archivo de información.
El segundo día abrirá con el panel Sector Privado y Transparencia seguido del panel Implementación del derecho de acceso a la información; ambos con la valiosa participación de autoridades y expertos, chilenos y extranjeros.
Posteriormente se realizarán dos talleres simultáneos: uno dedicado a la sociedad civil y el derecho de acceso, y otro sobre medios de comunicación y transparencia. Cada cual tendrá exposiciones seguidas de comentarios y debate de expertos en el tema respectivo.
La convocatoria
La invitación al seminario se lanzó en enero pasado y las inscripciones han sido recibidas principalmente vía web, a través del sitio oficial del seminario www.consejotransparencia.cl/seminario_transparencia2010, donde los interesados pueden registrarse y elegir en línea los paneles y talleres a los que quieren asistir.
Los asistentes, que suman más de 500, son tanto profesionales especializados en el área de transparencia –como abogados, funcionarios públicos o de ONGs-; como académicos -estudiantes y ciudadanos interesados en profundizar sus conocimientos sobre el tema y participar de debates al respecto.
La invitación es gratuita y sigue abierta hasta el 20 de abril. Quienes no puedan ir hasta el Centro de Extensión de la Universidad Católica, pueden seguir las ponencias de manera virtual, ya que se transmitirán en línea y, posteriormente, los videos quedarán almacenados en el sitio web del Consejo.
Seminario Internacional Implementación de la Ley de Transparencia y el Derecho de Acceso a la Información en Chile
20 y 21 de abril de 2010
Centro de Extensión de la Universidad Católica, Alameda 390
Santiago, Chile
CPLT realiza primer estudio de conocimiento de la Ley de Transparencia y posicionamiento institucional

Un valioso reporte es el que recogió el Estudio Mide-UC a petición del Consejo para la Transparencia, en un proceso que se llevó a cabo entre noviembre de 2009 y febrero de 2010. En total se efectuaron cinco estudios de carácter exploratorio, con métodos cualitativos y cuantitativos que permiten complementar información general sobre el Consejo para la Transparencia y su desempeño durante 2009.
A nivel cualitativo se realizaron los estudios de caracterización de los clientes del Consejo y en lo cuantitativo la encuesta nacional de posicionamiento, la caracterización de los clientes públicos y la encuesta de satisfacción de clientes.
En relación al tipo de público usuario del Consejo para la Transparencia, la investigación permitió generar y caracterizar tres tipos principales: los clientes potenciales (ciudadanía en general que podría hacer uso de la Ley), clientes públicos (funcionarios públicos y los encargados de las unidades de transparencia en las diversas reparticiones) y los clientes privados (aquellos ciudadanos que de abril de 2009 a la fecha han recurrido al Consejo con un Reclamo o consulta.
La evaluación presenta un gran desafío, ya que a nivel de posicionamiento señala que sólo 20% de los chilenos saben que existe una ley que les permite acceder a información de los organismos públicos y el 29% declara saber que durante 2008 se promulgó una Ley de Transparencia. Más aún, sólo el 18,7% declara haber escuchado hablar del Consejo para la Transparencia. Sin embargo, aquellos ciudadanos que no conocen el CPLT, cuando se les explica su rol y características, muestran una excelente percepción valorando especialmente su carácter autónomo, ya que lo interpretan en términos de independencia política.
Este primer estudio desarrollado por el Consejo para la Transparencia constituye el punto de inicio en la construcción de una línea base que permitirá ir midiendo cada año los avances en el conocimiento y valoración que los chilenos le dan al derecho de acceso a la información y a la labor del mismo Consejo. A la vez, se posiciona como el primer estudio a nivel nacional sobre conocimiento, comprensión y significación del derecho de acceso por parte de los chilenos.
CPLT publica instrucción sobre costos de reproducción de la información

La Instrucción General N°6, que comienza a regir el 5 de abril de 2010, define los “costos directos” y especifica las referencias de lo que puede ser cobrado, mencionando que la gratuidad es uno de los principios del derecho de acceso a la información.
De tener una tarifa más alta, el organismo debe probar que sus costos son más elevados que el límite establecido en el instructivo. Este instructivo se hace obligatorio el 5 de abril y se publica en el Diario Oficial el martes 30 de marzo.
El documento también se refiere al formato y al contenido de la entrega de la información solicitada, pudiendo ser “datos, voz, imágenes, videos, planos o informes, entre otros. Podrá transferirse de modo telemático (por medio de correo electrónico, por ejemplo) o físico, empleándose el soporte que el requirente haya señalado: papel (fotocopia, impresión, braille), medios magnéticos (cintas de video, cintas de audio, diskettes, discos duros, cintas magnéticas, etcétera), medios electrónicos (memorias, pendrives, etcétera) y medios ópticos (CD, DVD, BLUE RAY, etcétera), entre otros”.
Menciona, además, que los organismos deben traspasar oportunamente su información de formato cuando el que la contenga esté en riesgo de quedar obsoleta o desactualizada.
La instrucción especifica que no se puede solicitar un pago cuando la información se envía telemáticamente -como el caso del correo electrónico-, o cuando el solicitante aporta el soporte -por ejemplo, un DVD.
En cuanto al costo directo, se entiende por tal a “todos los costos asociados al proceso de copiado de un documento u otro tipo de soporte, en la medida que sea necesario incurrir en ellos para obtener la información en el soporte que el requirente haya solicitado”.
A partir de dicha definición se fijan la referencia de dicho valor, ya sea el precio que cobra el organismo a otros organismos de la administración del Estado, establecido en el convenio marco respectivo; el monto del convenio marco o el inferior, en caso de tener un contrato a un monto menor; el costo real en que incurre el organismo en caso de no tener contrato o convenio marco.
La instrucción especifica que si el organismo estima que dicho valor de referencia es insuficiente para solventar los costos directos de reproducción “deberá establecer en el acto administrativo que fije aquéllos, en forma desglosada y conforme al criterio de realidad, el valor de cada uno de los insumos que conformen el costo total directo de reproducción”.
Dice también, que si el solicitante manifiesta que no está dispuesto a pagar el monto cobrado, el organismo debe buscar la manera de hacer entrega de la información, ya sea en sus propias dependencias o de una manera más barata, de acuerdo con el solicitante.
El documento ordena que si el costo excede al presupuesto, el organismo debe informar de las circunstancias que lo califican como excesivo y de los medios y formatos alternativos para su acceso.
La Instrucción N°6 establece el modo de notificación al solicitante de la tarifa que le será cobrada y los plazos de pago.
Finalmente, se menciona que hay costos que no pueden ser traspasados -como los de búsqueda de información- y recomienda como buena práctica fijar un monto que esté exento de cobro.
El Consejo emite esta instrucción tras la decisión del caso A125-09, de 25 de marzo de 2010, y la revisión de los distintos actos administrativos que han establecido los costos directos de reproducción dictados por los órganos y servicios de la Administración del Estado, especialmente al amparo de lo establecido en el Oficio Ordinario N° 877, de 8 de julio de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que impartió directrices sobre el cobro de los costos de reproducción de la información requerida por vía de la Ley de Transparencia.
Presidente del CPLT expone en seminario de la Academia Judicial

Juan Pablo Olmedo, Presidente del Consejo para la Transparencia, expuso en uno de los encuentros del Seminario Transparencia y Poder Judicial, realizado en la Corte de Apelaciones de Valparaíso y organizado por la Academia Judicial.
Dentro de su exposición Olmedo resaltó que el Poder Judicial a través de las Cortes de Apelaciones son los garantes finales del derecho de acceso a la información. Y en ese sentido recalcó que “no hay derechos adquiridos. Cada caso compromete a todo el sistema. La jurisprudencia que se va a ir sentando es la que irá garantizando o dando nuevos alcances al derecho de acceso”.
A la fecha, se han interpuesto quince recursos de ilegalidad ante las Cortes de Apelaciones, principalmente la de Santiago y también en la de San Miguel y de Valparaíso, contra las resoluciones del Consejo. De éstas, no todas han sido notificadas aún, ya que la norma exige notificación por cédula.
El presidente del CPLT señaló que el artículo 8° de la Constitución impone como país la obligación de avanzar en la cultura de la transparencia. “Si elevamos los estándares de la administración del Estado como consecuencia se elevarán los estándares a nivel país”, argumentó. “Cómo se resuelvan los casos presentados ante las Cortes determinarán la rapidez con que vayamos avanzando en estándares de transparencia. Este es un proceso cultural que se está gestando y los primeros casos tienen un trasfondo social”, agregó.
La otra ponencia, “Dimensión judicial de la Ley N° 20.285”, correpondió al ministro de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Roberto Contreras, quien destacó el impacto que ha tenido la normativa en el poder judicial, debido a la importancia de la información en los procesos judiciales. “Más allá de los procedimientos contenciosos y no contenciosos que puedan llegar hasta la Corte de Apelaciones, es necesario destacar que esta legislación nos impone obligaciones trascendentales en lo que respecta a la transparencia del poder judicial”, comentó.
La sesión en Valparaíso corresponde a la tercera de siete fechas programadas del ciclo que comenzó en Enero. y en el cual participan ministros de la Corte de Apelaciones, profesores de derecho constitucional y derecho administrativo, ministros del Tribunal Constitucional y consejeros del Consejo para la Transparencia. El seminario persigue eflexionar sobre los desafíos abiertos por esta nueva normativa, para analizar y discutir las implicancias y problemas jurídicos específicos que puedan generarse en la aplicación de la Ley Nº 20.285, en relación a la actividad propia del Poder Judicial.
Durante enero se realizó el seminario en la Corte de Apelaciones de Santiago y en la Corte de Apelaciones de San Miguel. De las fechas programadas por ahora se han suspendido las que estaban fijadas en Concepción y Talca debido a los daños producidor por el terremoto y se está a la espera de posibles reprogramaciones.
Ministro Larroulet da plazo para publicación de nuevas autoridades
El ministro Secretario General de la Presidencia, Cristián Larroulet, envió hoy un oficio a todos los ministerios y reparticiones públicas señalando que el próximo miércoles 17 de marzo debe estar publicado bajo las normativas de transparencia activa, todos los nombramientos de autoridades que hubiesen asumido al 11 de marzo pasado. Esto incluye a ministros, subsecretarios, jefes de servicio, intendentes, gobernadores y en general los estamentos de autoridad.
En aquellos casos en que los nombramientos aún no se han gestionado, al momento de hacerse debe actualizarse de inmediato dicha información y siempre dentro de las 24 horas siguientes al nombramiento o dictación del acto administrativo. Esta última instrucción se aplicará a todos los cambios en jefes de servicio que se efectúen previo al 9 de abril, fecha en que deberá actualizarse la información de Transparencia Activa según establece la Ley N° 20.285. Con respecto al resto del personal, sea de planta, contrata, honorarios o bajo las normas del Código del Trabajo, se mantiene la exigencia de actualizarlo al próximo 9 de abril, aunque se deja en libertad a los servicios de hacerlo previo a esa fecha si así lo estiman conveniente.
Con respecto a las autoridades, jefes de servicio y toda persona bajo cualquier regimen contractual que haya cesado en sus funciones, deberán manterse los datos publicados, añadiendo la fecha de término de sus funciones.
El ministro Larroulet señala que las regiones VI, VII y VIII están exentas de las obligaciones que impone en este oficio debido al estado de catástrofe bajo el cual se encuentran tras los hechos del 27 de febrero pasado.
Nueva imagen en banners de gobierno transparente

Tras asumir Sebastián Piñera como presidente, se modificaron los sitios web del gobierno con la nueva imagen elegida por la administración entrante. El escudo de Chile en plata es ahora el ícono que se destaca en el banner de Gobierno Transparente que se encuentra en los sitios web de todos los ministerios y reparticiones relacionadas con el ejecutivo. A través de este banner se accede a la información de transparencia activa que los organismos deben incluir según lo que establece en su artículo 7° la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Hoy viernes termina el plazo para contestar encuesta de protección de datos
El Consejo para la Transparencia decidió prorrogar en dos semanas el plazo para contestar la encuesta de protección de datos, que vencía este viernes 5. Lo anterior debido a la alteración en su funcionamiento que sufrieron la mayoría de los órganos y servicios de la Administración del Estado, tras el terremoto del 27 de febrero que afectó a gran parte del país.
De esta maner, el plazo para ingresar la información relativa al cumplimiento de la Ley N° 19.628 –a través del sitio Web http://encuesta.consejotransparencia.cl-, que vencía el día 5 de marzo, ha sido prorrogado hasta el día 19 de marzo de 2010.
Asimismo, lo invitamos a resolver cualquier consulta relativa a la encuesta comunicándose al correo electrónico dispuesto para tales efectos: encuesta@consejotransparencia.cl.
Atención ciudadana se mantiene en oficina de Morandé 115
Para este lunes 1 de marzo estaba programada la apertura de una nueva oficina para atención ciudadana del CPLT, ubicada en Agustinas 1291. Sin embargo, debido a daños causados por el terremoto que afectó al país, el cambio no se realizará por el momento.
De esta manera se mantiene la atención en la dirección tradicional del Consejo para la Transparencia, Morandé 115, piso 7.
El cambio de la oficina de atención a público se realizará en un futuro próximo, una vez que se haya habilitado completamente, lo que se avisará en su momento.
El horario de atención sigue siendo el mismo: lunes a viernes, de 9 a 14 horas.
Solicitudes de acceso hacen noticia en Estados Unidos y Argentina
El juez Eduardo Silva Pelossi, titular del Juzgado Civil y Comercial N 2 de La Plata, sostuvo que la Dirección de Educación Especial de la Dirección General de Cultura y Educación Provincial de la provincia de Buenos Aires, debe entregarle a la Asociación de Derechos Civiles (ADC) toda la información requerida sobre las condiciones de accesibilidad para niños/as con discapacidades motrices, de todas las escuelas de la provincia de Buenos Aires. Esta orden complementa ya un fallo inicial en el que ordenaba entregar esta información, porque el nivel de respuesta apenas alcanzó al 8% del total de los colegios.
La resolución se basa en la solicitud de información que hizo la ADC en 2008 ante la Dirección de Educación Especial dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación Provincial, respecto de las condiciones de accesibilidad de las 15.000 escuelas bonaerenses. Al no obtener ninguna respuesta en los plazos legales establecidos, la ADC interpuso una acción de amparo en el Juzgado Civil y Comercial No. 2 de La Plata.
En la decisión original, el magistrado obligó a la Dirección de Infraestructura Escolar a producir la información requerida por la ADC. Como consecuencia de esto, la institución confeccionó un cuestionario que fue remitido a 7915 escuelas , las que respresentan el 50% de los colegios de la provincia de Buenos Aires que contaban con correo electrónico. Sin embargo, el cuestionario fue respondido sólo por 1074 escuelas. De las respuestas obtenidas, se pudo observar que más del 70% de las escuelas que respondieron no tenían instalaciones adaptadas para el acceso de personas con discapacidades motoras ni servicios sanitarios adecuados para personas con discapacidades.
Por eso, la ADC volvió a recurrir al juez, señalando la relevancia de obtener todos los datos por la significancia del tema, ya que la ley argentina a nivel nacional y provincial establece que una escuela es considerada accesible a las personas con discapacidades motrices, cuando tiene pasillos anchos y ambientes amplios, transitables para sillas de ruedas, bastones o muletas; rampas; ascensores; baños con determinadas características y dimensiones y puertas anchas, entre otras cosas. El contar con el verdadero nivel de cumplimiento es el primer paso para poder determinar la realidad en lo que se refiere a las condiciones de accesibilidad de los colegios públicos de la provincia.
Es por ello que se le solicitó al magistrado extender el plazo de cumplimiento y ordenar a la Dirección de Infraestructura Escolar que complete el cuestionario con las escuelas que omitieron proveer la información. El juez nuevamente falló en favor de la ADC y ordenó que en el plazo de 90 días hábiles se entregue la información acerca de las condiciones de accesibilidad de todas las escuelas de la provincia de Buenos Aires.
Los dineros del rescate
En Nueva York, la búsqueda de varios medios de comunicación por los detalles sobre los dineros que entregó la Reserva Federal en 2008 para rescatar a la banca de la quiebra en medio de la grave crisis económica, llegó a la Corte de Apelaciones.
Se trata de demandas interpuestas después de que las solicitudes de información a fines de 2008 pidiendo los detalles de a qué bancos y en qué condiciones se les prestó dinero y los montos en cada caso, no fueran escuchadas. De todas las iniciativas judiciales, Bloomberg News obtuvo una respuesta favorable en agosto de 2009, cuando se ordenó a la Reserva Federal que entregara en el plazo de cinco días los reportes en que consignó todos los fondos que traspasó a la banca en préstamos y programas de rescate, individualizando cada beneficiario, montos y condiciones. La Reserva Federal se había defendido indicando que esos datos son confidenciales, que así lo consignan sus estatutos (que datan de principios de 1900) y que trimestralmente informa los montos de dinero que presta en forma global sin consignar destinatarios, lo cual incluso publica en su web. Además, aclaró que existía un interés comercial en mantener la reserva porque podía generar inquietud en las personas respecto a la solvencia de sus bancos y generar una estampida de depósitos. Entre sus medios de prueba usaron el ejemplo del Banco británico Northern Rock, que vivió una pérdida de clientes en 2007 luego de que la cadena BBC informara que había recibido un crédito de emergencia del Banco de Inglaterra.
Sin embargo, la alegría del fallo duró poco, porque la Asociación Clearing House (que agrupa a los principales bancos) se hizo parte y apeló. Otros medios de comunicación, como Fox News, la agencia Associated Press, The Wall Street Journal y The New York Times, que no habían tenido resultados positivos en primera instancia se unieron a Bloomberg News, para insistir en la entrega de la información.
La causa ya se presentó ante los tres magistrados que integraron la sala en la Corte de Apelaciones de Nueva York. Los medios de comunicación agregaron en sus alegatos que la información es fundamental para que las personas puedan entender la magnitud de la crisis que vivió Estados Unidos y cómo su gobierno respondió a ésta. Agregaron que los temores de impacto comercial han pasado en estos 16 meses, dado que las condiciones económicas están mejorando.
Se espera que en poco más de un mes, se entregue el fallo, pero Bloomberg News ya señaló que no se dará por vencido. El medio de comunicación es un activo usuario de FOIA (Freedom of Information Act) y tiene aún pendientes 156 solicitudes de información ante su gobierno.