Manual OCDE destaca iniciativa del CPLT que promueve la integridad orientada a estudiantes de enseñanza básica y media

  • El manual de Integridad Pública de esta instancia internacional destacó video juego desarrollado por el Consejo para la Transparencia (CPLT), cuya finalidad es la promoción de  conocimiento en estudiantes entre 10 y 16 años y apoyo a docentes en formación ciudadana.

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Codelco, Banco Estado y ENAP: empresas públicas que más pagaron a sus directores en 2019

  • Cerca de 2 mil millones de pesos destinaron estas compañías a remuneraciones y dietas de directores acorde a una fiscalización realizada por el Consejo para la Transparencia (CPLT). En promedio, cada uno habría recibido poco más de 20 millones en un año.
  • En cuanto al pago de bonos o estipendios, es decir, asignaciones especiales vinculadas por ejemplo a viáticos, 34 integrantes de las planas ejecutivas de distintas empresas públicas recibieron un total sobre los 100 millones de pesos el año pasado. Respecto del caso de ENAP, cuestionada por el pago de un bono a parte de su plana de ejecutivos, el CPLT subrayó la necesidad de imponer obligaciones de transparencia a este tipo de empresas, dado que no habría información en fuentes públicas relacionada con el acuerdo al que aludió la compañía.

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CPLT y expertos enfatizan en necesidad de transparentar datos para legitimar medidas de control de la pandemia por Covid-19

La confianza en los datos públicos sobre el Covid-19 en Chile y la legitimidad de los fundamentos y decisiones que toman las autoridades sustentadas en el acceso y conocimiento de la información para el control social, fueron parte de las líneas centrales de la conversación desarrolladas en el marco del workshop organizado por el Consejo para la Transparencia (CPLT) sobre acceso a información y datos en el contexto de la pandemia por Covid-19. (más…)

Consejo para la Transparencia apoya solicitud de difundir actas de la mesa social

Como “relevante, deseable y necesario”, señaló el presidente del Consejo para la Transparencia (CPLT), Jorge Jaraquemada el acceso público a las actas formales de la Mesa Social, instancia de trabajo que reúne a diversos actores de sociedad civil y autoridades de Gobierno, tras la solicitud hecha por algunos de sus miembros de facilitar dicho documento.

“La mesa social cumple, efectivamente, un rol público en el marco de la gestión de la emergencia sanitaria, por lo que consideramos deseable que se otorgue debida publicidad a sus actas”, afirmó el presidente del CPLT, el abogado Jorge Jaraquemada.

El titular de Transparencia hizo hincapié en la relevancia de poner a disposición de la ciudadanía información oficial de manera proactiva en el contexto de la emergencia sanitaria. Al respecto afirmó: “Creemos que este esfuerzo es necesario para que la ciudadanía pueda conocer las materias sobre las que se pronuncian, sus sugerencias al Ejecutivo y sus acuerdos, en el caso que los adopte, además de información sobre sus sesiones y quienes asistentes”.

“Desde el Consejo hemos insistido en la necesidad de avanzar en materia de transparencia proactiva en el marco de la pandemia”, agregó, junto con precisar que en este caso en particular el llamado aplica dado que la Mesa Social no está sujeta a las obligaciones de la Ley de Transparencia, puesto que no se trata de un organismo del Estado.

En relación a los contenidos de las actas, uno de los aspectos que han esgrimido desde el Colegio Médico (Colmed) para solicitar su publicidad es que se conozcan detalles de los acuerdos que toma este grupo. Para el CPLT, esto es fundamental dado que “Es clave para legitimar las decisiones que toman las autoridades y las medidas que implementa el Ejecutivo, que éstas sean informadas y comprendidas por las personas que deben colaborar, muchas veces, con el cumplimiento de estas acciones”.

“Es tan relevante la eficacia de una acción para enfrentar la pandemia la legitimidad que esta tenga y eso se logra difundiendo y comprendiendo”, finalizó Jaraquemada.

CPLT advierte sobre dos aplicaciones que aumentan su popularidad en pandemia

  • El Consejo para la Transparencia (CPLT) puso bajo la lupa las políticas de privacidad de algunas de las plataformas de ocio que han incrementado su uso en el contexto de la emergencia sanitaria y el encierro para prevenir contagios por Coronavirus.
  • Entre los resultados destaca que no informan sobre medidas de ciberseguridad como el cifrado “punto a punto”, lo que impide descartar que pueda haber accesos a la información personal que se comparte al usar algunas de estas plataformas.

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CPLT considera un positivo entrega de información del Registro Civil y sugiere profundizar anonimato para permitir acceso a causales de fallecimiento

  • La plataforma permite acceder a registros básicos de la institución –como nombres, defunciones, fallecimientos-, lo que es considerado un avance por el Consejo para la Transparencia (CPLT).
  • Ante críticas que apuntan a que permite acceder sólo a cifras totales y no a causales de muerte, Jorge Jaraquemada, presidente de la entidad, sostuvo que para entregar datos desagregados estos deben pasar por un proceso de “anonimización”, considerando el peligro que reviste para la protección de datos sensibles, como el estado de salud, en particular en comunas pequeñas donde podría ser factible asociar el fallecimiento de una persona al Coronavirus.

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CPLT remite recomendaciones a autoridades para asegurar adecuado resguardo de datos personales que recoge su aplicación “CoronApp”

  • La aplicación para dispositivos móviles del Gobierno recopila gran cantidad de información personal y sensible -como el estado de salud o la geolocalización de los contagiados-,  por lo que el Consejo para la Transparencia analizó sus políticas de privacidad y recomendó a Segpres y  Minsal precisar aspectos que permiten a las personas un adecuado ejercicio de los derechos vinculados a la normativa vigente que protege los datos personales.
  • En paralelo, la entidad advirtió a la autoridad los riesgos de estigmatización y discriminación que conlleva una opción de la app que permitiría denunciar a personas que hayan eventualmente incumplido cuarentenas. 

El Consejo para la Transparencia (CPLT) ofició nuevamente al Ministerio de Salud (Minsal) y a la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), para entregar algunas recomendaciones en materia de seguridad y resguardo de datos personales y sensibles que recopila la aplicación desarrollada por el Gobierno para fines de control de contagios por Covid-19 bajo el nombre de “CoronApp”.

Desde el Consejo, su presidente, Jorge Jaraquemada, explica que el análisis de las políticas de privacidad y términos y condiciones de uso de la app realizado por el Consejo permitió establecer algunos aspectos que a juicio de la entidad podrían perfeccionarse.

Asimismo, enfatiza en que esta acción se realiza con el “afán de colaborar con los órganos de la administración del Estado responsables de la gestión y protección de bases de datos con información sensible como es este caso”. Lo anterior, en virtud de la facultad que le entrega al organismo la Ley de Transparencia en lo relativo a velar por el cumplimiento de la ley de protección de datos personales en los organismos de la Administración Central del Estado (letra m) art. 33 Ley 20.285), según señala el oficio del CPLT (Nº675 del 7 mayo 2020).

En el mencionado documento, el CPLT manifiesta “especial preocupación” por el adecuado tratamiento de los datos suministrados por los usuarios o que sean recabados a partir de su actividad o interacción con esta herramienta digital. Lo anterior, acorde a lo mencionado por su máximo representante, deriva fundamentalmente de la recopilación de gran cantidad de datos personales y sensibles, como el estado de salud o la geolocalización, que deben estar bajo un especial régimen de resguardo.

“Para ejecutar sus funcionalidades y operar, la aplicación requiere recopilar y procesar gran cantidad de datos personales, entre ellos, datos sensibles como es el estado de salud de alguien, y no sólo de la persona que descarga la app sino también de terceros denominados usuarios dependientes, por lo que consideramos relevante enfatizar a las entidades públicas que están detrás del desarrollo de la aplicación, los resguardos que resulta adecuado implementar para su protección conforme a la ley vigente”, explicó Jaraquemada.

El Consejo recomienda, entre otras cuestiones, revisar si es proporcional la gran cantidad de datos personales y sensibles que la app solicita para los fines que persigue y que incluyen, por ejemplo, que los usuarios reporten y controlen síntomas de Covid-19, que puedan presentar ellos mismos y otras personas, eventualmente familiares u aquellos con los que se conviven que no puedan usar la app. En el caso de estos “usuarios dependientes”, el Consejo estableció que “no hay claridad sobre la autorización del usuario de la app de entregar datos de otras personas si no es el representante legal de estas”, detalló el abogado. Además, acorde al texto del oficio, no se advierte cómo esta categoría de usuarios podrán ejercer efectivamente los derechos contemplados en la ley.

En este sentido, explica el titular del CPLT “no sólo se pide información de carácter personal como el nombre o el rut sino datos sensibles de salud –enfermedades, medicamentos que se toman- sino también de datos sensibles relativos a hábitos personales, como la geolocalización, por lo que debiera evaluarse si todos estos datos son necesarios para los fines perseguidos. Esto debe quedar claramente establecido en los objetivos del tratamiento de cada uno de estos datos en las políticas de privacidad”, subrayó Jaraquemada.

Asimismo, el Consejo apunta a individualizar claramente a los organismos públicos responsables del tratamiento de los datos que recopila la app y especificar el rol de la Segpres en el funcionamiento de la aplicación y en particular en el tratamiento de la información –dicha cartera aparece asociada al desarrollo de la herramienta-. “Esto facilita luego un adecuado ejercicio y protección de los derechos que tienen los usuarios de controlar sus datos personales, los denominados derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición o bloqueo (derechos ARCO)”, precisó el abogado.

Otra arista que aborda el oficio del CPLT es la seguridad de los datos recabados y procesados por el Minsal, así como su almacenamiento. Respecto de esto último, el CPLT detalla que las políticas de privacidad especifican que la información no se almacena en servidores de la entidad sino “en servidores externos localizados fuera del territorio nacional” implicando operaciones de transferencia internacional de datos personales. Ante dicha situación el CPLT sugiere suscribir un contrato con el encargado del tratamiento en el extranjero, “con cláusulas estrictas de reserva”.

En paralelo, la entidad advierte a la autoridad de salud los riesgos que conlleva una opción de la app que permitiría denunciar conductas o eventos de alto riesgo, como eventuales incumplimientos de la cuarentena. “Debemos advertir el riesgo que la aplicación opere como un sistema de denuncias que promueva –indirectamente- entre los usuarios, conductas tendientes a recabar información reservada de terceras personas, pudiendo afectar el derecho de éstas a la privacidad y a la intimidad, junto con aumentar el riesgo de estigmatización social y discriminación por Covid-19”, se lee en la página 8 del oficio del CPLT.

Descarga el Oficio Nº 675

CPLT es la primera entidad pública en responder a crisis de confianza ciudadana

Un nuevo orden interno mediante el desarrollo de protocolos para rendición de cuentas de las sesiones y actas del Consejo Directivo y para viajes al extranjero,  revisión de estándares sobre conflictos de intereses de sus consejeros y normas más exigentes de control para la contratación de asesorías, son algunas de las acciones que está implementando el Consejo para la Transparencia (CPLT) en el marco de un plan de fortalecimiento iniciado a fines de 2019 que busca abordar los desafíos sociales e institucionales.

Ante el reconocimiento que ha hecho el CPLT de una crisis de confianza ciudadana hacia las instituciones del Estado, que debe superarse para poder seguir realizando su tarea con legitimidad, la entidad persigue responder así a parte de las demandas que emergieron tras la crisis social iniciada el 18 de octubre pasado. El presidente del organismo, Jorge Jaraquemada, y los integrantes de su Consejo Directivo –Gloria de la Fuente, Marcelo Drago y Francisco Leturia- trabajaron en colaboración con funcionarios de la entidad un plan de revisión y adecuación interna.

El Consejo inició una fase de socialización de dicho plan estratégico, que consolida las propuestas de las autoridades y de sus trabajadores, hoja de ruta que se estructuró en tres ejes: transparencia y probidad, fortalecimiento y equidad, y coordinación y comunicaciones. De esta manera, el Consejo trabaja en materias como mejoras en las condiciones laborales, de participación y de transparencia proactiva de su quehacer, incluyendo el funcionamiento del Consejo Directivo, revisión de procesos de compras públicas y la reposición del cargo auditor interno, entre otras.

 

Presidente del CPLT califica de “extrema gravedad” e “irresponsable” publicación de mapas con datos de eventuales contagiados por Covid-19 en medio digital

  • El titular de la entidad, Jorge Jaraquemada, subrayó que no sólo se transgrede la ley sobre protección a la vida privada publicando datos personales, sino también se difunde información que permite hacer identificable a una persona, como es el caso del domicilio.
  • Asimismo, el abogado aclaró que las acciones que el medio de comunicación electrónico implementó para anonimizar la información difundida no sería efectiva, incurriendo en un tratamiento de información personal sin autorización del titular de los datos y que además “sería inexacto y equívoco” pudiendo inducir a error en la identificación de eventuales contagiados.

Como un hecho “de extrema gravedad” calificó el titular del Consejo para la Transparencia (CPLT), Jorge Jaraquemada, la publicación de mapas con información sobre eventuales contagiados por Coronavirus en un medio de comunicación digital. Esto –explicó- vulneraría el derecho a un adecuado resguardo de datos personales y sensibles, como es el estado de salud, de pacientes afectados por la pandemia.

Asimismo, aludió a situaciones conocidas a través de los medios en que se ha discriminado a personas cuyo entorno los considera de riesgo. “Casos en que se ha maltratado, discriminado e incluso acosado a ciertas personas porque sus vecinos creyeron que eran posibles fuentes de contagio de Coronavirus”, recordó Jaraquemada. “Por ello –agregó- nos parece irresponsable que se entreguen datos que permiten identificar equivocadamente a determinadas personas como contagiadas, en circunstancias que eventualmente no lo son, lo que puede terminar en situaciones de discriminación, incluso de violencia”.

Tras analizar el caso, el presidente del Consejo estableció que se estaría ante un “tratamiento no autorizado de datos sensibles, al publicar la información relativa a personas eventualmente contagiadas por Covid-19, sin que exista consentimiento de los titulares, tampoco autorización legal para su tratamiento”.

El titular de transparencia explica que el estado de salud corresponde a la categoría persona de dato sensible, por lo que amerita “especial protección” y recordó que la semana pasada la entidad que lidera propuso al Gobierno la posibilidad de anonimizar los datos de manera de que fuera imposible identificar a los titulares de dichos datos y así poder compartirlos con los especialistas para fines de modelización del comportamiento de la pandemia.

“Ante el debate que se generó entre las autoridades y los expertos, algunos de ellos de la mesa de datos, nosotros sugerimos profundizar el anonimato de los datos que se entregaban, para impedir que a partir de cierta información se identifique a las personas”, subrayó.

Asimismo, desde el CPLT detallaron que las acciones que implementó el medio no corresponderían a un anonimato efectivo. “Se ha dicho que los mapas publicados no contendrían direcciones exactas sino que se habrían movido aleatoriamente. Esto no constituye una efectiva anonimización de la información representada puesto que el radio en el cual se indica la presencia de personas enfermas sigue siendo acotado y permitiría identificar eventualmente los domicilios”.

A esto se suma la posibilidad de que los mapas publicados –que no contendrían estrictamente datos personales- sí representan información que hace identificable ciertos datos, por ejemplo, el domicilio asociado a eventuales personas contagiadas. Asimismo, esta información puede cruzarse con otros datos que se encuentran en fuentes accesibles al público, lo que permitiría obtener, en definitiva, la identidad de los contagiados”, afirmó el presidente del CPLT.

A juicio de Jaraquemada, la medida que tomó el medio podría derivar en un escenario más complejo al  inducir a una identificación errónea de personas asociadas a domicilios que no corresponden con casos positivos de Covid-19. “El tratamiento que se hizo de estos datos no sólo no fue autorizado por los titulares sino que además sería inexacto y equívoco, lo que podría inducir a error en la identificación de eventuales contagiados” espetó el presidente del Consejo.

Respecto de la filtración, el titular de Transparencia sostuvo: “Estamos hablando del acceso a datos reservados, por lo que el Ministerio deberá revisar las medidas de seguridad y como Consejo hemos realizado recomendaciones para introducir mejoras en este sentido a los organismos públicos”

Finalmente, Jaraquemada apuntó a la necesidad de perfeccionar la normativa vigente, la que no resulta idónea para prevenir la ocurrencia de este tipo de situaciones. Acorde al texto del proyecto de ley que se tramita actualmente en el Parlamento que perfecciona la normativa sobre protección de datos personales, sería el Consejo para la Transparencia la entidad encargada de garantizar el adecuado resguardo de información personal sensible, pudiendo determinar por ejemplo eventuales infracciones y adoptar las medidas que correspondan contra los responsables de un tratamiento inadecuado.

Corte de Apelaciones ratificó decisión del CPLT ordenando a la Armada entregar información sobre viajes de su alto mando

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó (el pasado 7 de mayo) el reclamo de ilegalidad interpuesto por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en representación de la Armada de Chile, en contra de las decisiones del Consejo para la Transparencia (CPLT), que ordenaron la entrega de información sobre viajes del comandante en jefe de la Armada, Julio Leiva, durante su período y de todos los vicealmirantes (amparo Roles C4885-18 y C4887-18).

Este es el segundo caso en tramitación en el mencionado tribunal vinculado con solicitudes de acceso a información sobre viajes de los funcionarios de mayor rango de dicha entidad. Entre los antecedentes requeridos se contemplan fechas de los viajes, costos de pasajes y estadías, montos de viáticos y gastos de representación.

La Armada respondió al requerimiento y aludió que éste implicaba que la institución debía elaborar un informe con lo solicitado dado que dichos antecedentes no se encontraran previamente procesados, solicitud que la institución estaba impedida de entregar “toda vez que se trata de información que se enmarca dentro de los planes de empleo y estándares con que operan las FFAA” (sic), los que se encontrarían bajo reserva –acorde a lo establecido en la Ley Nº 20.424 y en el Código de Justicia Militar-.

Asimismo, señaló que las actividades de su alto mando no sólo se relacionarían con cuestiones protocolares, sino “con aspectos propios vinculados a su función, el manejo adecuado de la institución con el objeto de lograr el estándar y empleo de las FFAA, como asimismo, las relaciones militares internacionales”, afirmando que esto hacía que la solicitud transgrediera la normativa relacionada con el Interés y Seguridad Nacional.

Sin embargo, el CPLT sostuvo que la publicidad de la información no revela de modo directo las acciones o funciones estratégicas que pudiere haber desarrollado el alto mando de la institución en cada uno de sus viajes, sino sólo permite conocer períodos en que se realizaron los viajes y costos institucionales asociados con cargo al presupuesto público, razones por las cuales el Consejo desestimó el argumento de afectación de la Seguridad de la Nación y la Defensa Nacional.

Lo anterior fue ratificado por el tribunal de alzada al concluir que no se aprecia que “pueda poner en riesgo la seguridad nacional, o se refiera a planes de empleo, o a los estándares en los que operan las Fuerzas Armadas, ni mucho menos se refieren a la planta o dotación de su personal”. Asimismo, precisa que: “Más bien, se refiere a rubros presupuestarios específicos y acotados, respecto de determinadas personas y sobre situaciones concretas” y agrega que: “resulta plenamente aplicable el principio de publicidad con que deben operar los órganos del Estado y la obligación de entregar información pública” según lo establecido en la Ley de Transparencia (art. 4 y 11 letra c).

En un caso anterior (Rol C1180-18), la decisión del CPLT en contra de la repartición fue remitida a Contraloría por eventual infracción a la Ley del Lobby, al no informarse por los canales oficiales algunos viajes del alto mando que sí fueron difundidos en la página web de la Armada.

CPLT plantea profundizar anonimato como salida para entregar datos sobre el comportamiento de la pandemia

  • Debate entre Gobierno y especialistas por acceso a datos personales y sensibles como el estado de salud, vía informe epidemiológico del Minsal se da en el contexto de la notificación de una fuerte alza de los casos por Covid-19 y con un rápido contagio.
  • “Con la anonimización o eliminación previa de información que impide que se individualice a los sujetos por parte del Ministerio de Ciencias, se podría dar acceso a los datos y colaborar por ejemplo con la modelización de formas de contagio y los estudios sobre la pandemia”, afirmó el máximo representante del Consejo para la Transparencia, Jorge Jaraquemada.

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CPLT propone modificaciones a normativa sobre derechos y deberes del paciente para subsanar algunos vacíos en tratamiento de datos personales

  • Consejero del Consejo para la Transparencia (CPLT), Marcelo Drago intervino en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados que, actualmente, analiza la iniciativa con el fin de resolver algunas de las cuestiones más urgentes que se han evidenciado en el contexto de la pandemia por Coronavirus, como la autorización para comunicar identidades de enfermos o manejar listados de contagiados o casos sospechosos.
  • Drago indicó a este respecto que, aunque se requiere seguir adelante con el proyecto de ley de protección de datos personales, hay que modificar otras normas. “Aquí lo que hay es un vacío regulatorio, este tipo de información es catalogada por la ley como datos sensibles”, como el estado de salud.

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