La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT) que ordenó al Instituto de Salud Pública (ISP) entregar información sobre registros sanitarios de tres productos farmacéuticos inyectables (amparo rol N° C5799-19), tarjando previamente cualquier antecedente que diga relación o contenga datos que den cuenta de su fórmula, además de todo dato personal de contexto que puedan contener.
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