Proyecto de Ley de Transparencia 2.0 inicia segundo trámite en el Senado

El proyecto que perfecciona la Ley de Transparencia, a más de 11 años de su promulgación, también conocido como “Transparencia 2.0” fue despachado este martes 3 de marzo por la sala de la Cámara de Diputados, cerrando de esta manera su primer trámite constitucional.

Este martes 3 de marzo, la Cámara de Diputados aprobó en sala, en dos votaciones separadas, la mayoría de los artículos del proyecto que modifica la Ley N°20.285 Sobre Acceso a la Información Pública, iniciativa conocida como “Transparencia 2.0”. De esta forma, y tras el análisis de las comisiones de Constitución y Hacienda de dicha Cámara, la iniciativa fue despachada al Senado para continuar su segundo trámite.

Dicho avance fue calificado por el presidente del Consejo para la Transparencia (CPLT), Jorge Jaraquemada, como una señal positiva, dado que “la aprobación de la mayor parte de la iniciativa es un paso importante, porque perfecciona el sistema de transparencia de nuestro país”.

 “Como Consejo siempre hemos planteado la necesidad de que exista un sistema unificado de acceso a la información, ya que permite a los usuarios simplificar la tramitación de estos recursos ante una sola entidad administrativa”, comentó el titular de Transparencia. “Pero seguimos con temas pendientes relacionados con las obligaciones de transparencia de entidades que enfrentan importantes desafíos ante la crisis de confianza institucional”, agregó.

Los diputados aprobaron la mayor parte de los artículos -por 152 y 151 votos- el proyecto en general, que entre otras materias establece la incorporación de órganos autónomos constitucionales a las obligaciones de transparencia como es el caso de Cámara de Diputados, el Senado, el Tribunal Constitucional o el Servicio Electoral (SERVEL), entre otros.

En lo relativo a la posibilidad de interponer recursos de reclamación ante las Cortes de Apelaciones en contra de las decisiones por acceso a la información pública de estas entidades y a la unificación de jurisprudencia por parte del Corte Suprema, los artículos fueron rechazados por no alcanzar el quórum requerido y deberán continuar en debate en la Cámara Alta.

Respecto de la iniciativa aprobada destaca la obligación de las entidades públicas de adscribir al Portal de Transparencia del Estado, para así facilitar el cumplimiento de los deberes de transparencia activa. Por otro lado, se establece que las personas jurídicas sin fines de lucro que reciban transferencias de fondos públicos por una cantidad igual o superior a 1.500 UTM, los cuales representen al menos un tercio del patrimonio del año anterior, deberán mantener a disposición del público antecedentes  tales como sus estatutos, miembros de su directorio, cuadros de ingreso y gastos, entre otros.

Transparentar acciones del Congreso Nacional y obligaciones para sanitarias y eléctricas

En el caso del Parlamento, la iniciativa establece una serie de obligaciones de transparencia activa como: la difusión de información sobre asistencia y permanencia en la Sala y participación en las comisiones de las y los parlamentarios, además de difundir sus votaciones, elecciones, dietas y asignaciones.

Además dispone obligaciones de transparencia activa para las entidades reguladas por la Ley General de Servicios Sanitarios y, la de Servicios Eléctricos y determinadas concesiones de obras públicas. Finalmente, crea una Comisión de Coordinación de la Ley de Transparencia, de carácter permanente y consultivo, que tendrá como objetivo procurar el funcionamiento y buen fortalecimiento del sistema de transparencia. Dicha comisión será presidida por un representante del Consejo para la Transparencia.

Declaración Pública

Tras la publicación de informaciones de prensa en los últimos días, el Consejo para la Transparencia (CPLT) señala lo siguiente:

1. Ante una presentación efectuada en la Contraloría General de la República (CGR), el Consejo Directivo encargó, en el marco del procedimiento regular, a la Fiscalía del CPLT levantar y consolidar antecedentes sobre el particular, los que fueron presentados al órgano fiscalizador el pasado viernes 14 de febrero.

2. En paralelo, en las sesiones N°1067 como en la N°1073, solicitó instruir una investigación sumaria que busca determinar lo ocurrido con algunas actas de sus sesiones, reafirmando así su voluntad de colaborar en el esclarecimiento de dicha situación.

3. Cabe consignar que el Consejo Directivo siempre ha tenido y tendrá las puertas abiertas para una conversación franca y un diálogo fructífero con su Asociación de Funcionarios, con el fin de llegar a acuerdos que posibiliten el resguardo de nuestro capital institucional.

4. Asimismo, el Consejo Directivo ha estimado necesaria la revisión de una serie de cuestiones y procedimientos internos, con la finalidad de responder al desempeño de un rol más proactivo, que sintonice con demandas de los funcionarios, así como con el escenario político-social actual.

5. En este contexto, uno de los componentes centrales de la institución son las personas que la conformamos. Por ello, y con miras a este 2020, reforzaremos el trabajo de comunicación interna y del bienestar de todos para cumplir con nuestra Misión y construir conjuntamente un mejor CPLT. Hacemos un llamado a todos los funcionarios a colaborar con buena voluntad en esta iniciativa.

AFP Capital alega ante el TC inconstitucionalidad de decisión del CPLT que ordenó entregar notas explicativas de fondos de pensiones para dejarla sin efecto

  • Tras fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que ratificó el pronunciamiento del Consejo para la Transparencia (CPLT) y ordenó a la Superintendencia de Pensiones (SP) a entregar las “notas explicativas” de informes diarios generados por todas las administradoras de fondos de pensiones correspondientes al período entre 1981 y 2018, la administradora decidió llevar el caso a la Corte Suprema y paralelamente presentar un requerimiento ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones a la Carta Fundamental.
  • En 2017, el CPLT ya había decidido sobre el carácter de pública de estos registros entre 2002-2017, tras la negativa del ente fiscalizador a dar a conocer esta información, que entre otros contenidos refiere a movimientos que las administradoras de fondos realizan dentro y fuera del país y que deben entregar a la Superintendencia.

Una vez más el Consejo para la Transparencia (CPLT) tendrá que alegar en tribunales en defensa de la calidad de públicas de las “notas explicativas” que complementan informes diarios publicados en la web de la Superintendencia de Pensiones (SP).

Esta vez tendrá que hacerlo ante el Tribunal Constitucional (TC) en marzo, mes en que eventualmente el tribunal especial revisará el fondo del requerimiento presentado por AFP Capital, que busca declarar la inconstitucionalidad de lo establecido en la decisión del CPLT y evitar la entrega a un ciudadano de la información de complemento que deben remitir todas las administradoras de fondos de pensiones a la Superintendencia de Pensiones (SP)

En paralelo, la entidad privada presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema en contra de los ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago que en noviembre de 2019 ratificaron lo planteado por el Consejo y desestimaron las causales de reserva aludidas por la Superintendencia y los argumentos de las AFP que se opusieron a dar respuesta al requerimiento.

El ciudadano pidió la SP las notas complementarias a informes diarios identificados como “formularios D1” correspondientes al período entre 1981 y septiembre de 2018. En ellas se detallan, entre otras informaciones:  movimientos de partidas como ingresos y egresos, valor de depósitos nacionales y extranjeros, pago de comisiones, entre otras. Sin embargo, la entidad fiscalizadora del sistema de pensiones denegó el acceso a esta información dado que -acorde a lo consignado en la decisión del CPLT (Rol C5096-18)- sólo mantenía registro en su sistema de cartera de información desde el mes de agosto de 2002 en adelante. Asimismo, aludió a la reserva de las mismas por la oposición de las AFP que manifestaron que, a su juicio, se trataría de información de privados y que su carácter sería secreto por afectar sus derechos comerciales y económicos

En específico, la entidad afirmó en sus descargos ante el CPLT que: “Lo pedido se encuentra relacionado con el giro de su negocio aplicando la estrategia que sigue la AFP, pudiéndose permitir que se deduzcan sus estrategias de inversión, en materia de activos, relaciones de riesgo retorno, etc”.

AFP Capital sustenta su requerimiento ante el TC en la inaplicabilidad de dos incisos de la Ley de Transparencia esgrimidos por el Consejo Directivo del CPLT para establecer el carácter de público de las notas -2° del Art. 5°y 2° del Art. 10- y a partir de los cuales el Consejo dispone la entrega de los antecedentes. Lo anterior, a juicio de la administradora vulneraría una serie de derechos consignados en la Constitución.

En el mes de marzo correspondería se realicen los alegatos ante el tribunal especial previo a que éste se pronuncie sobre el fondo del mismo, ya que el pasado 30 de enero declaró admisible el requerimiento.

Fueron declaradas públicas

Tres años atrás el Consejo para la Transparencia tuvo que decidir sobre un caso similar asociado a la solicitud de un ciudadano de las “notas explicativas” de estos informes diarios. En dicha oportunidad, el ciudadano presentó una solicitud a la Superintendencia por aquellas fechadas entre los años 2002 y 2017 (Rol C1381-17). En la decisión de dicho amparo, confirmada posteriormente por sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago (Rol Civil N° 10390-2017) ante un reclamo presentado por la SP, ya se había negado la configuración de la causal de secreto alegada por el órgano fiscalizador y las AFP.

En el fallo de dicho tribunal se afirmó que “a modo conclusivo, la información que se solicita y que el Consejo aprueba, no cumple con el estándar de ser secreta y constituyen –las notas explicativas – antecedentes accesorios de los formularios D1 en términos que reflejan los movimientos de cualquiera de las partidas que corresponden a diversos ítems que se detallan en la letra 8 del Libro IV, Título VIII Capítulo A”.

¿Qué son las notas explicativas?

Las notas explicativas corresponden a información accesoria a los denominados formularios D1, en los que se representan los balances diarios, flujo de caja, estado de variación del patrimonio y otra información general, y que se encuentran publicados por la Superintendencia en su web, en la cual es posible acceder a los informes diarios de cada AFP.

Luego, acorde a lo indicado en el Libro IV, Título VIII, Capítulo IV, letra A, N° 8 del compendio de normas del sistema de pensiones, las notas explicativas son complementarias a los informes mencionados. En éstas se detallan los movimientos de las partidas que correspondan a los siguientes ítems: otros ingresos, otros egresos, otros aumentos, otras disminuciones, valores por depositar nacionales, valores por depositar extranjeros, valores en tránsito, excesos de inversión, provisión impuestos y otros, financiamiento de cargos bancarios y cargos bancarios.

Estudio del CPLT mostró que chilenos valoran derecho a rendición de cuentas por parte de organismos públicos, pero sólo 3 de cada 10 ha pedido información

  • La Encuesta Nacional de Transparencia del Consejo para la Transparencia (CPLT), evidenció que de las personas que sí han ejercido el derecho a acceder a información de entidades del Estado, la mayoría son mujeres y han requerido información a Municipios, lo que se asocia a la necesidad de acceder a información útil sobre beneficios u otros derechos -en materia de vivienda, salud, otros- de relevancia para la gente.
  • Para el presidente del CPLT, Jorge Jaraquemada, estamos ante un uso de la Ley de Transparencia que debe reforzarse: “nos preocupa fomentar las herramientas de transparencia para un mejor y mayor ejercicio del control social que no están aprovechando con todo su potencial”.Una percepción generalizada del acceso a la información como necesaria y como un derecho para cualquier ciudadano, pero al mismo tiempo un ejercicio que resulta poco efectivo para las personas que realizan solicitudes dirigidas a entidades públicas, evidenció la última versión del Estudio Nacional de Transparencia y Protección de Datos Personales del Consejo para la Transparencia (CPLT).Estas conclusiones se ven reflejadas en que 9 de cada 10 personas declaran que poder pedir antecedentes de entidades públicas es “necesario”, misma cifra que está a favor de que toda persona tiene derecho a acceder a información que se requiera a estas instituciones. Como contrapartida, la cifra se reduce a 3 de cada 10 encuestados que han requerido antecedentes a algún organismo del Estado, es decir que un 73% de las personas no ha solicitado información pública.

    “Como institución pública y órgano autónomo encargado de velar por el acceso a la información pública, entre nuestros deberes está asegurar que las personas puedan acceder a antecedentes que poseen las instituciones públicas y que pueden ser útiles para defenderse frente a vulneraciones de otros derechos generales. Pero hemos visto que hay un porcentaje muy alto de población que no ha pedido nunca información a un organismo público, por lo que nos preocupa fomentar las herramientas de transparencia para un mejor y mayor ejercicio del control social que no están aprovechando con todo su potencial”, dijo el presidente del CPLT, Jorge Jaraquemada.

    El estudio también destacó que 5 de cada 10 personas consultadas reconoce eventuales resultados prácticos que podrían derivar del acceso a información que manejan instituciones públicas, como por ejemplo mejorar la gestión pública o fomentar la participación ciudadana. En palabras del presidente del CPLT, el abogado Jorge Jaraquemada, “esta conciencia de su derecho a saber contrasta con la utilidad que se percibe de esta herramienta”. Por ello, desde el Consejo el llamado es a reconocer en este tipo de acciones con lo que se conoce como “derecho llave”, es decir, el acceso a otros servicios o derechos que impactan directamente en la vida de las personas.

    “Si usted se siente vulnerado, hay herramientas de la ley que permiten acceder a información de utilidad para poder ejercer sus derechos, por ejemplo, en el ámbito de acceso a la vivienda, salud y educación, que son temas de gran interés para las personas”, explicó el titular del CPLT.

    A juicio de Jaraquemada, aunque se evidencia que la población reconoce cada vez más su derecho a exigir una rendición de cuentas, aún falta mucho por hacer, en particular en el contexto actual: “Nuestro estudio muestra bajos niveles de confianza hacia el sector público y privado, que se mantienen estables desde hace varios años. Esta crisis de confianza institucional que vemos es un fenómeno que cruza a la sociedad chilena y como hemos dicho: es parte del problema que derivó en el descontento que estuvo a la base de la actual crisis social”, finalizó el representante de Consejo.

    Las mujeres usan más la Ley de Transparencia

    Respecto de aquellas personas que declararon haber usado las herramientas de la Ley de Transparencia, un 43% lo ha hecho en Municipios, siendo el perfil del solicitante de información principalmente mujeres que utilizan el derecho de acceso a la información como una forma de ejercer otros derechos, es decir, con la finalidad de acceder a servicios o beneficios que brinda el sistema público, siendo una forma de informarse de ellos, conocer su exigibilidad y aplicación en sus vidas.

    El mismo perfil se identificó en el caso de Transparencia Activa -asociado a la búsqueda de antecedentes que se encuentran disponibles por ley en los sitios web de las instituciones- y que a diferencia de mediciones anteriores cambia de género, correspondiendo principalmente a mujeres. En ambos casos la mayoría de ellas no tiene posicionamiento político y declara no conocer la Ley de Transparencia, lo que desde la perspectiva del Consejo deja a los solicitantes en una situación de vulnerabilidad frente al Estado.

    El principal canal para requerir información sigue siendo el presencial (70%) y quienes indican haber hecho una solicitud presencial, en su mayoría, habían indicado previamente no saber cuáles son los canales a través de los cuales se puede ingresar una SAI (75%), lo que indica que se trata de usuarios desinformados.

    Laboratorio de Integridad

    Sobre la demanda a los municipios, Jaraquemada subrayó que “son de los actores públicos más cercanos a la ciudadanía y que manejan información de interés para los ciudadanos, por ello estamos trabajando para apoyar su quehacer en materia de transparencia”.

    Por ello, comentó que una de las acciones que impulsa actualmente el Consejo es el denominado Laboratorio de Integridad, instancia colaborativa que busca trabajar en un proyecto piloto con municipios del país en la implementación de buenas prácticas y mejoras en materia de gestión y control al interior de estas entidades. Un trabajo que se realizará con el apoyo de la Contraloría, la Subsecretaría de Desarrollo Regional (Subdere) y las principales asociaciones de municipalidades del país.

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CPLT propone cambios en materia de fiscalización de asignaciones parlamentarias tras conocerse montos de viáticos al extranjero

  • Al ser consultado sobre los viáticos para viajes al extranjero en el Parlamento, el presidente del Consejo para la Transparencia (CPLT), Jorge Jaraquemada, precisó que las cifras son reguladas por decreto pero que existe la necesidad de “entregar la fiscalización o supervigilancia de este tipo de cuestiones a un órgano autónomo”.

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Sondeo del CPLT evidencia que la percepción de corrupción y abusos del Estado colaboraron con el estallido social

  • Encuesta Nacional de Transparencia del Consejo para la Transparencia (CPLT) mostró datos que explicarían parte del descontento ciudadano que derivó en el estallido social a partir de una negativa relación con el Estado y de una percepción de ser víctima de maltrato y discriminación por parte de éste.
  • El presidente de la entidad, Jorge Jaraquemada detalló que “el Consejo para la Transparencia sí lo vio venir, en mayo pasado ofrecimos un diagnóstico y propuestas con medidas anticorrupción a los tres poderes del Estado con una respuesta poco proactiva respecto de la real necesidad institucional”. 

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Presidente del CPLT advierte peligro de “funa” entre los riesgos por exposición de datos personales del padrón electoral

  • El presidente del Consejo para la Transparencia (CPLT), Jorge Jaraquemada, comentó algunos de los peligros que podrían derivar de la exposición sobredimensionada de información personal que no estaría cumpliendo con el principio de finalidad declarado por el Servel, que es el control social de un proceso eleccionario o plebiscitario.
  • La autoridad que vela por el cumplimiento de la protección de datos personales en organismos del Estado, insistió en la necesidad de revisar el tratamiento de datos en la normativa vigente en materia electoral, de tal manera de reservar la difusión de datos como el domicilio particular, que a juicio del titular del CPLT puede ser usado para organizar una “funa”.

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Presidente del CPLT califica de “exposición desproporcionada de datos personales” publicidad del padrón electoral

  • Desde el Consejo para la Transparencia (CPLT), su presidente Jorge Jaraquemada, hizo un llamado a perfeccionar la normativa disponiendo la reserva de parte de la información personal a la que se posibilitó el acceso con la difusión del documento.
  • El titular de transparencia consideró que si bien es necesaria la publicidad para el control social, no sería proporcional dar a conocer información personal con esa finalidad.

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Estudio del CPLT mostró incremento de la preocupación por el cuidado de los datos personales ante usos abusivos

Sondeo sobre percepción ciudadana de la Protección de los Datos Personales en Chile realizado por el Consejo para la Transparencia (CPLT), entidad que será la encargada de garantizar el resguardo de este tipo de información acorde a la iniciativa que moderniza la normativa vigente, evidenció que los ciudadanos tienen más conciencia del cuidado de sus datos que en 2018.  (más…)

CPLT anuncia laboratorio de Integridad junto a Contraloría y Subdere para asesorar a municipios en transparencia y probidad

  • El Consejo para la Transparencia (CPLT), la Contraloría, Subdere y las principales asociaciones de municipalidades del país trabajarán conjuntamente en acciones cuyo objetivo es superar deficiencias transversales a nivel municipal.

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Estudio sobre micro corrupción del CPLT mostró que chilenos toleran más la “pillería”

  • El Consejo para la Transparencia (CPLT) mostró en la última medición de su Estudio Nacional de Transparencia el incremento de la tolerancia frente a conductas de micro corrupción en comparación con 2018, en particular aquellas que perjudican al sistema -representado en empresas o instituciones- que son interpretadas como “pillerías”. La condena aumenta en casos en que la situación se entiende como un abuso hacia las personas.
  • Estas tendencias apuntarían acorde al informe del CPLT, a una forma de igualar la cancha en una sociedad que se percibe como injusta e inequitativa.

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Estadísticas anuales del CPLT: Demanda ciudadana por rendición de cuentas al alza pese al estallido social

  • “La gente pidió más información que en 2018, pero creemos que el crecimiento de la demanda mermó desde el estallido social y no se ha revertido”, explicó el presidente del organismo. “Esperamos que se evidencie una recuperación a partir de las necesidades de saber más sobre los procesos electorales que se vienen y los detalles y beneficios que conllevaría la agenda social”, agregó Jorge Jaraquemada.

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