Consejo acepta tramitar reposiciones presentadas en contra sus decisiones

El Consejo para la Transparencia ha aceptado en las últimas semanas que los servicios públicos puedan interponer un recurso administrativo de reposición en contra de la decisión que ha adoptado en un amparo o reclamo, aplicando supletoriamente la Ley de Bases de Procedimiento Administrativo.

 

Éste consiste en una reconsideración, interpuesta ante el CPLT, en la que se solicita modificar, reemplazar o dejar sin efecto la decisión, y debe interponerse dentro del plazo de cinco días desde que aquélla es notificada. A la fecha se han interpuesto reposiciones en los siguientes casos:

 

a) Amparo Rol A48-09, reposición interpuesta por la Subsecretaría General de Gobierno contra la decisión que requiere la entrega a la solicitante de un informe con todos los gastos efectuados por encuestas desde el 2000 a la fecha, incluyendo los documentos de respaldo.

b) Amparo Rol A54-09, reposición interpuesta por el Servicio de Impuestos Internos contra la decisión que le requiere entregar copia de 14 expedientes de tasación o garantizar su acceso a ellos, resguardando en ambos casos los datos personales o sensibles que tales expedientes pudieran contener.

c) Amparo Rol A10-09, reposición interpuesta por la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo contra la decisión que le requiere entregar las calificaciones de todo el personal y ex-funcionarios de dicho Ministerio, desde 2003 a 2008.

d) Amparo Rol A117-09, reposición interpuesta por el Servicio de Impuestos Internos contra la decisión que le requiere entregar la nómina de las empresa ubicadas en la Región de Antofagasta, indicando su rubro y dirección postal.

e) Reclamo Rol R12-09, reposición interpuesta por Televisión Nacional de Chile contra la decisión que le requiere publicar en la página web www.tvn.cl las remuneraciones percibidas por los gerentes responsables de la dirección y administración superior de dicha empresa.

 

El Consejo tiene 30 días para resolver estos recursos, suspendiéndose el cumplimiento de la decisión sólo cuando el Consejo lo acuerde en forma expresa.

 

A la fecha, el Consejo ha resuelto los recursos presentados en los casos A48-09 y A54-09, rechazándolos.