Corte de Santiago ratificó decisión del CPLT y ordena a ISP transparentar fiscalización a laboratorios y reportes de bioequivalentes

En un contexto en el que el mercado de los medicamentos y sus precios han estado en el foco, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT) ordenando al Instituto de Salud Pública (ISP) a entregar documentos sobre las visitas inspectivas de la entidad en el marco de procedimientos de fiscalización realizados a tres laboratorios y los reportes anuales de la fabricación de bioequivalentes.

Lo anterior deriva del fallo del máximo tribunal que rechazó los reclamos de ilegalidad presentados por las empresas Laboratorios Mintlab S.A, Eurofarma, y Bagó Chile S.A., lo que posibilitará que el solicitante reciba -previo tarjado de información en que consten especificaciones del principio activo de los productos farmacéuticos y datos personales de contexto- el instructivo y actas de las visitas inspectivas realizadas por el ISP, documentos asociados a procesos de fiscalización  del mencionado organismo y reportes anuales sobre los lotes fabricados de medicamentos bioequivalentes.

En el caso de las actas, el fallo de la Corte de Santiago indicó que la información solicitada corresponde a una etapa de la fiscalización que persigue evaluar el cumplimiento de criterios y objetivos de una determinada inspección, dejando constancia de los incumplimientos detectados y de los plazos que se establezcan para subsanarlos.

En cuanto a los reportes de los lotes fabricados, conforme lo estableció el propio ISP, estos forman parte de su procedimiento administrativo y constituyen el fundamento de esta actividad, puesto que son requeridos en cada inspección a los productos cuyo proceso de fabricación fue validado.

La sentencia establece, al igual que la decisión del amparo rol C571-18 del CPLT, que los documentos solicitados no corresponden a información secreta “ya que es conocido por las empresas del rubro farmacéutico, el tipo de maquinaria y equipo a utilizar para la producción de cada tipo de medicamento” y reconoce su interés público “pues su publicidad permite ejercer un control social respecto del ejercicio de las funciones fiscalizadoras del ISP, en relación a la fabricación de productos farmacéuticos bioequivalentes”.

Pese al fallo de la Corte de Apelaciones, las empresas cuyos reclamos de ilegalidad fueron rechazados tienen plazo para recurrir de queja ante la Corte Suprema hasta el lunes 13 de enero.