CPLT sanciona a Daza, Dougnac y Galli por infracciones asociadas a la no entrega de información: “debe sancionarse la vulneración a un derecho fundamental”

  • “Los ciudadanos no pierden derechos por situaciones especiales como una pandemia, al contrario”, dijo la titular del Consejo para la Transparencia (CPLT).  
  • Las decisiones se enmarcan en una decidida línea de acción del Consejo de hacer valer su facultad fiscalizadora y sancionadora ante incumplimientos en defensa de un derecho humano como el acceso a información de organismos del Estado.

Con sanciones que en suma alcanzarían un 75% de su remuneración promedio anual, en el caso de la ex subsecretaria de Salud, Paula Daza, y de un 65% en el caso del subsecretario de Redes Asistenciales, Alberto Dougnac, el Consejo para la Transparencia (CPLT) decidió sancionar a dichos jefes de servicio por dos procesos administrativos que el organismo llevó en contra de ambas instituciones, entre otras cuestiones, por denegación infundada y reiterada de la entrega información solicitada vía Ley de Transparencia.

En tanto, el Subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, sería sancionado con un 30% de su remuneración promedio por las mismas causales, a partir de la verificación de entregas de información fuera de plazo o solicitudes en las que no se entregó lo requerido.

“En plena pandemia y estallido social, respetar derechos fundamentales como el derecho de acceso a la información es clave, esto lo ha establecido la propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su primera resolución en marzo de 2020 a propósito de derechos fundamentales y estados de excepción”, afirmó la presidenta del Consejo, Gloria de la Fuente, tras difundirse detalles de las decisiones respecto de ambas subsecretarias de salud y del Interior.

Sanciones hasta por 75% de la remuneración 

Las investigaciones sumarias S1-21 contra la Subsecretaria del Interior; S2-21 contra la Subsecretaría de Salud y la S3-21 contra la Subsecretaría de Redes Asistenciales, se iniciaron el 24 de mayo de 2021; en tanto que los sumarios administrativos S4-20 contra la Subsecretaría de Salud Pública y el sumario administrativo S5-20 contra la Subsecretaría de Redes Asistenciales se iniciaron el 27 de octubre de 2020 como investigaciones sumarias y el 25 de marzo de 2021 se transformaron en sumarios administrativos.

De estos procedimientos derivarían dos sanciones aplicables a la remuneración promedio anual en el caso de la subsecretaria Daza: una por un 45% y otra por un 30%. En tanto, una investigación sumaria estableció una sanción por un 30% de la remuneración promedio anual del subsecretario de Redes Asistenciales y un sumario administrativo derivó en una por un 35% de la remuneración promedio anual.

El órgano que debe garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Derecho de Acceso a la Información, habría establecido que en los tres casos se pudo evidenciar que se habría entorpecido y dilatado el procedimiento de acceso a la información pública, por falta de respuesta en la forma y plazos señalados en la Ley de Transparencia, ante requerimientos realizados al servicio.

“Los ciudadanos no pierden derechos por situaciones especiales como una pandemia, al contrario, debe sancionarse la vulneración a un derecho fundamental”, afirmó la titular del Consejo para la Transparencia (CPLT).

La presidenta del CPLT agregó que lo dicho por el CIDH apunta a que el derecho de acceso a la información y la protección de datos personales son derechos fundamentales y “que sigue siendo más importante que nunca resguardarlos en momentos donde los países pasan situaciones complejas. Es decir, no pueden ser puestos en segunda línea o postergados, sino que debieran ser particularmente relevados”, agregó.

“Estas decisiones son coherentes con lo planteado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la que fue enfática en su resolución en el marco de la crisis por Covid-19 y subrayó que las medidas adoptadas por los Estados en la atención y contención de la pandemia deben tener como centro el pleno respeto de los derechos humanos. Esto es una cuestión que deben tener clara las autoridades”, subrayó.

En los tres casos, las sanciones recaen además en otros funcionarios de los servicios. En el caso de Interior en el jefe de la División Jurídica y en el jefe del Departamento de Extranjería y Migración, a los que también se les aplicará el descuento de un 30% de la remuneración mensualizada. Todavía existe la posibilidad de que los inculpados en los procedimientos sumarios impulsados por el CPLT puedan presentar recursos de reposición, lo que podría implicar que la Corte Suprema revoque la sentencia.

Desde el Consejo apuntaron a que sus pronunciamientos se enmarcan en una decidida línea de acción de esta entidad orientada al ejercicio de su facultad fiscalizadora y sancionadora, ante evidencia de eventuales incumplimientos a la Ley de Transparencia y en defensa de un derecho humano como el acceso a información de organismos del Estado. Una serie de acciones fueron informadas hace algunos meses y no sólo se concentran en instituciones de la Administración Central del Estado.