Suprema ratifica orden del CPLT y obliga a Sernapesca a informar sobre situación sanitaria de salmones

  • El máximo tribunal acogió recurso de queja del Consejo para la Transparencia (CPLT), por lo que el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura deberá entregar antecedentes sobre  uso de pesticidas y presencia de dos enfermedades infecciosas por centro de producción de salmónidos de dos empresas con cultivos en varias regiones del sur, que se habían opuesto a publicitarlos de forma desagregada.
  • El fallo deja sin efecto la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt (Rol 122-2017) que permitía a los privados mantener bajo reserva información de sus centros. 

La Corte Suprema emitió esta semana (4 diciembre) un fallo que ratifica la decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT) sobre el amparo Rol C3330-16, obligando con ello al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA) a entregar información sobre uso de fármacos y enfermedades que afectan a los salmones de los centros de producción de dos empresas en Los Lagos, Los Ríos, Aysén y Magallanes por centro de cultivo.

Esto dado que el máximo tribunal acogió un recurso de queja presentado por el CPLT para dejar sin efecto una sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que había acogido el recurso de ilegalidad presentado por Salmones Multiexport S.A. y Multiexport Pacific Farms ante una solicitud de acceso a información sobre centros de salmónidos de ambas compañías alegando afectación de sus derechos económicos o comerciales (Rol Nº 17.310-2019).

 El requerimiento fue realizado a empresas de distintas regiones del sur del país, pero las dos mencionadas decidieron llevar el caso a tribunales con el objeto de mantener bajo reserva información de ciertos períodos sobre uso de pesticidas –Deltramina y/o Cipermetrina- en centros de producción de Los Lagos, de Aysén, y de los Ríos, y los listados de centros psiculturas o centros de producción que reportasen presencia de dos patologías que atacan a la especie en las mismas regiones más  Magallanes. En específico, la solicitud apunta al conocimiento de antecedentes sobre la presencia de Flavobacteriosis y del Síndrome Rickettsial del Salmón (SRS) en cualquiera de las etapas de producción.

El máximo tribunal hace un reconocimiento explícito de que se trata de información ya publicada. Sin embargo, los antecedentes no se encuentran disponibles en fuentes de libre acceso de forma desagregada, es decir, por centro de cultivo. Asimismo, la sentencia desecha la causal de reserva aludida subrayando que las reclamantes no rindieron prueba que permita establecer la afectación de sus derechos económicos o comerciales y que en la forma en que fue realizada la solicitud sigue siendo genérica.

En este caso, las filiales de Multiexport Foods -Salmones Multiexport y Multiexport Pacific Farms-, recurrieron al Tribunal Constitucional en marzo de 2019, instancia que acogió -por 6 votos contra 3- el Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad. Sin perjuicio de ello, la Corte Suprema  estimó que esas disposiciones legales declaradas inaplicables carecían de relevancia para resolver el asunto de fondo. Ante este fallo, SERNAPESCA tiene plazo para hacer entrega de los antecedentes a la persona que lo solicitó hasta el 11 de diciembre.