Consejo para la Transparencia valoró proyecto de ley de integridad pública

“Cada modelo responde a sus propias tradiciones”, responde el presidente del Consejo para la Transparencia, Marcelo Drago, al ser consultado sobre otros modelos antinepotismo vigentes a los que Chile podría mirar. Y si bien valora la propuesta que impulsa La Moneda, advierte que se debe avanzar a una reforma integral del empleo.—La propuesta mantiene idea de mantener el corte para parientes en tercer grado. ¿Lo convence?

—El proyecto incorpora nuevas incompatibilidades y enfrenta preventivamente inconvenientes que surgen a partir del nombramiento en cargos públicos de personas que podrían no tener las capacidades necesarias para desempeñarlo y que pueden ser nombradas sólo en razón de su cercanía. Parece razonable que este impedimento alcance hasta, romo mínimo, el tercer grado por consanguinidad, incluyendo cónyuges y convivientes civiles. Los márgenes siempre pueden ser discutibles, pero es necesario fijar un corte a la cadena de parientes sometidos a la regla. La norma, al menos, impide que se generen dudas acerca del nombramiento de personas con un vínculo de extrema cercanía con la autoridad, evitando cuestionamientos, como ocurrió, por ejemplo, con la fallida designación del embajador en Argentina.

—También se fija que el Servicio Civil debe emita un informe cuando se nombren familiares, y se deben visar por el consejo de ADP. No obstante, su director es designado por el Presidente y ese texto no es vinculante. ¿Cuál es el real peso, entonces?

—Lo que se pretende es evitar el nepotismo al impedir el nombramiento de funcionarios públicos que carezcan de las competencias necesarias para el cargo. El mecanismo transparenta la decisión y permite que tanto los organismos fiscalizadores como la ciudadanía en general podamos escrutar los méritos de la misma, sin llegar al exceso de prohibir el ingreso de personas que podrían estar perfectamente calificadas para asumir el cargo. Una prohibición absoluta podría ser extremadamente gravosa, incluso perjudicial para el funcionamiento del Estado. En esto, el proyecto tiene el mérito de resolver de forma sencilla a través de la transparencia un tema complejo, puesto que uno no elige las relaciones de parentesco. Con el informe, podemos conocer las competencias y capacidades del familiar en cuestión y a partir de ello hacer un control de mérito sobre el nombramiento.

—¿Hasta dónde debería ampliarse el espectro de prohibiciones? ¿Se deben incluir amistades, militancias?

—No se le puede pedir a este proyecto ser la gran reforma al empleo público y una de las tareas de la modernización del Estado es la reformulación integral del empleo público. La militancia es un derecho reconocido constitucionalmente, cuyo ejercicio legítimo no puede ser un impedimento. En el caso de la amistad, si bien puede ejercer un mismo nivel de influencia que las relaciones de parentesco, carecen del componente objetivo que hacen que el vínculo pueda ser determinado sin espacio a interpretaciones.

Publicado en diario La Segunda.-